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Provincia de Buenos Aires sólo testeará a mayores de 60 años con síntomas, grupos de riesgo y embarazadas

El nuevo criterio fue explicado por el ministro de Salud, Nicolás Kreplak, quien aseguró que, dada la gran cantidad de casos, es «más fiel» seguir los casos a través del criterio clínico y epidemiológico y dejar los test «para grupos poblacionales específicos».

A partir de ahora, se considera caso positivo a toda persona que reúna «al menos un criterio epidemiológico y un criterio clínico». Los criterios epidemiológicos son los siguientes: haber sido contacto estrecho de un caso confirmado en los últimos 10 días, haber participado de un evento o espacio social/laboral u otro en el cual se hayan producido al menos 3 casos confirmados (brote) o residir en una zona con incidencia superior a 500 casos cada cien mil habitantes en los últimos 14 días.

Los criterios clínicos, por su parte, son que la persona presente «dos o más de los siguientes síntomas: fiebre, tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, vómitos, diarrea, dolor de cabeza, rinitis o congestión nasal» y que tenga «falta de olfato o de gusto».

«Estamos en otro momento de la pandemia, donde la manera más fiel de seguir los casos es través del criterio clínico-epidemiológico de diagnóstico y que el testeo se utilice para grupos poblacionales específicos», señaló Kreplak y aclaró que «no tiene que ver con el ahorro de los tests sino con que es más fiel este análisis».

El ministro reiteró que, para el diagnóstico, el criterio principal de testeo es que se trate de una persona que tenga factores de riesgo, más de 60 años, o esté cursando un embarazo. «Esa es la razón por la cual principalmente hay que testear a una persona», subrayó y pidió dejar los test especialmente para estos grupos.

«El resto las tenemos que confirmar con el sistema de salud, con la línea 148 o atendiéndose en cualquier centro de salud profesional, en cualquier hospital por el criterio clínico y epidemiológico que es suficiente pero, además, tiene mayor sensibilidad y especificidad», cerró.

– ¿Quiénes no deben testearse?

Si la persona es menor de 60 años, no tiene enfermedades de riesgo y tiene síntomas, es caso confirmado por criterio clínico epidemiológico y debe dar aviso al 148. También es caso confirmado sin necesidad de testearse quien sea contacto estrecho y tenga síntomas. Debe reportarse también a esa línea.

Tampoco deben testearse, según el nuevo criterio, quienes sean contacto estrecho pero no tengan síntomas, quienes deban viajar o quienes tengan que volver a trabajar y hayan cumplido con los días indicados de aislamiento.

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