Proponen financiar un Fondo para la Cultura con una colaboración voluntaria

Sobre la importancia del proyecto para la ciudad, Asueta sostuvo que: “si logramos aplicarlo no tenemos dudas de que va a tener un amplio respaldo de los contribuyentes y vamos a poder llenar a Concordia de vida cultural, no sólo en el centro de la ciudad, sino también en toda su extensión, con un esquema de aportes voluntarios equivalente al 1% de las tasas, al momento de pagarlas. Por esa razón pusimos mucho hincapié en crear un sistema de administración del Fondo eficiente, claro y transparente. El proyecto propone que la gestión esté a cargo de la Dirección de Cultura, como espacio ejecutivo, pero la selección de los proyecto va a estar a cargo de una Mesa Evaluadora compuesta por organizaciones y trabajadores de la cultura de Concordia a través de una amplia convocatoria.”

 Para este proyecto, Asueta tuvo en cuanta que “por las tasas mencionadas el municipio recauda aproximadamente unos 260 millones de pesos, si pensamos que la mitad de los contribuyentes está dispuesta a aportar el 1 % de lo que surge de sus boletas, entonces vamos a poder darle a nuestra ciudad una verdadera inyección de cultura, pero para que esto sea sostenible en fondo, debe haber una administración ejemplar del fondo.

Por su parte, Bernardita Zalisnak, del Centro Humanista, afirmó que “las aspiraciones de una sociedad son su cultura, y deben ser reflejadas en el modelo construido por la participación social directa. Esa es la construcción cultural por excelencia. Para nosotros es un gusto poder presentar este proyecto porque de alguna manera viene a condensar una parte importante que tiene que ver con la promoción de la producción cultural local. Los derechos culturales son derechos humanos, individuales y colectivos, universales, integrales, inalienables, y exigibles, por lo que es la sociedad organizada a través del estado quien debe garantizarlos, y qué mejor que a través del municipio se habilite un fondo de financiamiento de proyectos formado por el aporte solidario de toda la comunidad.”

El proyecto textual, tal cual es presentado ante el Consejo Deliberante es el siguiente: Artículo1. “Créase el fondo para el desarrollo de la cultura de concordia que tendrá por objeto financiar con visión estratégica proyectos de desarrollo de la cultura local en sus diversas expresiones, sobre la base de los valores de la solidaridad, la igualdad, la paz, la justicia social, la inclusión, la integración, la cohesión social, el respeto los derechos humanos, a las minorías y la diversidad social”.

Artículo 2.  Aportes Voluntarios- “Dicho fondo se integrará con:

1) Donaciones de personas físicas o jurídicas.

2) Aportes del presupuestos general de la municipalidad”.

Artículo 3 “El aporte voluntario de los contribuyentes equivalentes al uno por ciento (1%) de las siguientes tasas: Tasas General Inmobiliaria, Tasa Comercial y Tasa por Servicios Sanitarios. Dicho aporte se liquidará en las facturas que expida la municipalidad o el Edos, según corresponda, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza”.

Artículo 4. “Negativa contribuyente- Todo aquel contribuyente que no desee aportar, total o parcialmente, al Fondo que se crea por la presente Ordenanza, deberá manifestarlo así expresamente, mediante nota, y sin más trámite, ante el Ente Recaudador correspondiente, quien deberá acogerse a la manifestación voluntaria efectuada por el contribuyente, la cual tendrá efecto hacia el futuro. Este derecho estará expresamente reconocido en la misma factura mediante la cual se propone el pago del aporte para el Fondo de Desarrollo de la Cultura Local”.

Artículo 5. “Administración- La administración y disposición del Fondo estará a cargo de la Dirección de Cultura de la Municipalidad, quien tendrá terminantemente prohibido hacer uso de los fondos para gastos administrativos, de gestión, y/o cualquier otro destino que no sea la financiación de proyectos de desarrollo de la cultura local, que cumplan con las pautas enunciadas en la presente ordenanza, y sus hipotéticas reglamentaciones”.

Artículo 6. “Convocatoria- La Dirección de Cultura llamará a convocatoria a través de dos medios masivos de comunicación a presentar los proyectos a los efectos de hacer una única selección anual de los proyectos a financiar, de acuerdo con lo presupuestado para ese año en concepto de aportes para este programa”.

Artículo 7. “Montos máximos- Los montos máximos de financiamiento serán de $ 30.000 por proyecto, cifra que se actualizará en forma anual y automática de acuerdo a los índices de aumento de precios al consumidor del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos”.

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