La Ley Nº 10.236 que considera como “práctica abusiva” las esperas superiores a los 30 minutos, que se suelen producir en entidades financieras, entes recaudadores provinciales, empresas de servicios de luz, gas, teléfono, televisión por cable o aire, supermercados, entre otras.
La norma fue promulgada esta semana por el Poder Ejecutivo Provincial, y se aguarda la publicación en el Boletín Oficial, para conocer su reglamentación. Recién allí entrará plenamente en vigencia.
En muchos rubros y actividades económicas, las colas y esperas se han suprimido por los trámites a través de los nuevos soportes tecnológicos, como home banking, Internet o telefonía celular. Sin embargo, la compra o contratación de productos o servicios en muchos casos sigue siendo personalizada.