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Promueven una ordenanza que prioriza la contratación y promoción de artistas locales

“Propuestas similares ya han están sido y están siendo por estos días tratadas, consensuadas y sancionadas en otros cuerpos legislativos municipales de nuestra provincia y país, con amplio acompañamiento ciudadano tales como la ciudad de San José (departamento Colón) , Rosario y Mar del Plata entre otras” señaló Magni.

La ley nacional 26.801, conocida como Ley Nacional de la Música, permite que los artistas de Argentina cuenten con un órgano específico de fomento de su actividad, para poder difundir sus obras, sancionada en diciembre de 2012. Y debido a la necesidad de profundizar la promoción de músicos/as y agrupaciones musicales locales y regionales, dicha ley resulta un basamento interesante para replicar a nivel zonal.

De aprobarse la ordenanza se crearía en el ámbito de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Concepción del Uruguay el Registro de Músicos/as y Agrupaciones Musicales Locales, el cual será gratuito, actualizado cada año y obligatorio para obtener los beneficios que se otorgan a partir de la norma. La inscripción en el Registro se efectuaría por medio de una declaración jurada sobre su condición de músico, sin examen u otro requisito más que el de tener domicilio legal registrado en la ciudad de Concepción del Uruguay.

En ocasión de que sea contratado un músico/a o agrupación musical con residencia fuera del departamento Uruguay por la Municipalidad de Concepción del Uruguay o por otras organizaciones a las que dicho organismo subvencione, auspicie, le facilite o ceda un espacio; deberá contratarse también para dicho evento, al menos un músico/a o agrupación musical del registro local.

Los/as artistas locales contarían con un espacio no menor a treinta (30) minutos para ejecutar su propio repertorio previamente al acto y su actuación comenzará con una antelación no mayor a las dos (2) horas de inicio de la presentación de la figura convocante.

El órgano de aplicación arbitrará las medidas conducentes para garantizar la rotación en la contratación de los diferentes artistas inscriptos en el registro, a través de la participación de los mismos en una comisión que regirá a tal fin y será la encargada de la selección de los grupos y artistas, así como de que se realice según un criterio acorde a la ocasión. Dicha comisión será de remoción anual sugerirá y determinará la categorización de las bandas por género, rubro, etc.

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