LO QUE AFIRMÓ GUILLERMO PEÑALVER A DIARIOJUNIO
Lo más grave de esta sentencia son las reglas de conducta que le fueron impuestas al Dr. Tolomei ya que no le suspendieron la matrícula como dice el artículo 27 bis del Código Penal, que las reglas de conducta deben tener relación con el delito que se comete. O sea si el es médico y cometió el delito en el ejercicio de la profesión, se le tendría que suspender la matrícula por un tiempo prudencial y otra regla de conducta es que él deba hacer cursos de capacitación en la Universidad pública para aumentar su capacidad como médico.
Desconozco la motivación del juez para emitir esta sentencia, pero eso no obsta que en mi opinión la misma sea inadecuada.
Yo voy a recurrir en casación de la sentencia y recurriré al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, buscando otro tipo de respuesta.
LA SENTENCIA
De acuerdo al “Acta de Audiencia” donde se sustancia la mencionada causa caratulada como “Lesiones culposas”, el juez Garay decide..
1.- Hacer lugar a lo interesado y en consecuencia disponer la suspensión del juicio a prueba (a Martín Tolomei) en las presentes actuaciones por el término de un año, de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 76 bis y 76 ter del Código Penal, según reforma introducida por Ley 24.316.
2.- Cumplir un programa de seis horas semanales durante el término de un año y quedan programados estos talleres dependientes de la Dirección Departamental de Escuelas de Concordia dependiente del Consejo General de Educación.
3.- Imponer al encartado las siguientes reglas de conducta….
Asimismo, el juez señala en el mismo fallo que la querella plantea el Recurso de Casación.
De este modo, será el Superior Tribunal de Justicia quien deba resolver esta disidencia.
ANTECEDENTES
El 25 de noviembre de 2009, Darío Leandro Rougier, se “lesionó el tendón del dedo anular de la mano izquierda”, tal lo definió el traumatólogo que, luego de observar la placa radiográfica le recomendó operarse en forma urgente para impedir “que sufra una contracción irremediable del tendón”. Así, de acuerdo a lo recomendado, la cirugía tuvo lugar en el Sanatorio Garat y fue el médico Federico Martín Tolomei quien lo operó una semana después. El problema surgió a los dos días cuando al sacarse las gasas para la cura observó que el dedo dañado (anular) no había sido operado y que, en cambio, le habían operado el dedo índice, o sea, un dedo sano. Finalmente (luego de denuncias y reuniones), el sanatorio reconoció los gastos y fue operado en una clínica de Buenos Aires pero a Rougier le quedaron inutilizados esos dos dedos de la mano izquierda. La causa está radicada en el juzgado de garantías de Alberto Funes Palacios y a cargo del Fiscal Gustavo Castillo quien confirmó a DIARIOJUNIO que Tolomei había sido imputado en esta causa. Trascendió en ámbitos tribunalicios que Tolomei había solicitado la “Suspensión de Juicio a Prueba”, más conocida como “Probation”, Funes negó a este diario que ese pedido estuviera en sus manos.
DIARIOJUNIO publicó esta nota el pasado 14 de julio.