Néstor Caraballo y Nelson Fernández estaban acusados por un hecho ocurrido en la madrugada del 30 de noviembre de 2004, en el barrio 23 de setiembre de Diamante.
Los ahora condenados patrullaban un móvil de la Jefatura Departamental de esa ciudad e interceptaron al joven Ibarra que fue esposado y golpeado en la cabeza, lo introdujeron en la parte de atrás del patrullero, y le siguieron pegando hasta llegar a la Jefatura Departamental. Aquí el joven permanecía esposado, lo tomaron de los cabellos y arrastraron al interior de la misma, con más golpes otros oficiales que trataban de impedirlo.
A Caraballo lo acusaron de la parte más violenta del episodio, mientras que a Fernández del momento de la detención y el traslado a la dependencia policial como chofer del móvil.
En su sentencia, el juez Malatesta dijo que “el Estado en su accionar, frente al incremento de la violencia y el delito se ha limitado históricamente a respuestas facilistas y autoritarias que no han traído resultados satisfactorios”. Por ello, “frente al reclamo ciudadano por mayor seguridad solo deben existir instituciones comprometidas con valores democráticos, dejando definitivamente en un triste recuerdo las respuestas demagógicas que pergeñan medidas abusivas logrando incrementar aún más la violencia”. En este sentido, Malatesta repudió “Criminalizar a las personas por ‘sospecha’ se convierte sencillamente en un estado policial” en el que no hay derecho.