Además el pedido de informes, que también fue firmado por el edil Mariano Giampaolo, requiere diversos datos: la cantidad de decks habilitados; los nombres de los comercios propietarios de los mismos; el monto que tributa cada uno y si registran deudas (en cuyo caso saber si se procedió a la intimación de pago); cuanto se recauda mensualmente y como se distribuye; a cuantas personas beneficia tal distribución, etc.
La ordenanza que regula el establecimiento de las plataformas (Nº 33235) establece en su art. 11° que los mismos deben tributar el equivalente al estacionamiento medido. “Significando cada módulo automóvil igual a cinco metros lineales. En caso de superar los cinco metros lineales se cobrará proporcional”. La tarifa es diaria y se aplica aún a las calles donde no existe el cobro de estacionamiento medido.
La norma, sancionada en septiembre de 2006, establece varias cuestiones: el lugar que ocupe será de hasta 1,80 mts. de la calzada y tendrán opción a instalar una tarima las heladerías, restaurantes, bares y confiterías. Además deben tener barandas de protección, vallas, bandas reflectivas y/o iluminación en los lados y frente para facilitar la visualización nocturna.
