martes 23 de diciembre de 2025

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Piden que el Estado deje de financiar escuelas privadas

La propuesta sugiere la derogación de artículos de la Ley de educación pública provincial 9.890, por la que se suprimiría la obligación del Estado de financiar las llamadas “escuelas públicas de gestión privada”, ya que “quitan recursos al sistema público que se encuentra sumido en un brutal ajuste desde hace décadas, fondos que ayudarían a reforzar el sistema público”, según se explicó en el fundamento del proyecto.

En ese marco se explica que se considera “un peligroso ensayo de tercerización que el Estado sostiene desde hace tiempo, subsidiando instituciones que no sólo alivian la matricula pública sino que, también, forman cuadros de sujetos subordinados a religiones, cuando la educación es laica y la Constitución entrerriana establece estrictamente que las escuelas públicas son laicas”.

“Es oscuro que el Estado financie la desigualdad ya que es una expresión de facto de violación del artículo 16 de la Constitución de la Nación que establece que  “la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: No hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la Ley…”.

Además, se explicó que la formación (Bildung) del ciudadano financiada por el Estado “no debe estar en manos privadas ni de congregaciones religiosas, ya que el Estado debe igualar a todos los matriculados inscriptos en el sistema público sin diferencias por cuotas sociales o solidarias”.

En ese marco, se aclaró que la educación “debe ser pública o privada, pero jamás ‘pública de gestión’ privada, ya que esa figura genera ciudadanos de primera y segunda”.

Por otro lado, la propuesta sugiere la obligatoriedad de inscribir a los hijos de funcionarios electos por el pueblo en el sistema público, como ocurre con la obra social de los trabajadores, “para que, de una manera solidaria, demuestren su confianza y vuelquen sus energías en sostener y mejorar el sistema público en el que trabajan”.

 La educación como derecho humano

La educación es un derecho humano, no una mera mercancía. El derecho a la educación está garantizado en el Artículo 14 de la Constitución Nacional desde que fue sancionada en 1853. Este principio jamás fue puesto en duda ni separado de los preceptos fundamentales que dieron origen a la Nación en ninguna de las reformas y actualmente se encuentra reforzado por la incorporación a nuestra Constitución Nacional de Convenciones y Tratados Internacionales, plasmados en el Artículo 75 inciso 22, que hacen al sistema internacional de derechos humanos.

En Entre Ríos, el artículo 257 consagra “la educación es el derecho humano fundamental de aprender durante toda la vida accediendo a los conocimientos y a la información necesarios en el ejercicio pleno de la ciudadanía, para una sociedad libre, igualitaria, democrática, justa, participativa y culturalmente diversa”, y asume “la obligación primordial e indelegable de proveer a la educación común, como instrumento de movilidad social, con la participación de la familia y de las instituciones de gestión privada reconocidas”.

Es la Constitución la que reconoce en el artículo 258  la educación común “gratuita y laica en los niveles inicial, primario, secundario y superior de las instituciones de gestión estatal” y fija en el artículo 259 que es el Estado el que está obligado a impartirla y los habitantes están obligados a recibirla en escuelas públicas “de gestión estatal o privada”.

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