Luego de haber permanecido en prisión preventiva dos años, uno de los tres acusados recobró la libertad. Según confirmó una fuente Judicial a DIARIOJUNIO, fue por una impericia del Fiscal de la causa, Francisco Ledesma, quien tras haber acusado desde un primer momento a Ocampo por el delito de Homicidio, acusación que se mantuvo durante todo el debate, finalmente pidió en su alegato que el encartado fuera condenado por “Tentativa de robo simple” apoyado en testimonios y el hecho de que en el domicilio de la víctima había cajones revueltos.
El tribunal integrado por los vocales, Silvina Gallo (preside), Martín Carbonell, y Alberto Funes Palacios, entendió que la acusación era nula por manifestar incongruencia entre el hecho por el que el imputado estaba siendo juzgado y del que se estaba defendiendo, y la calificación por la que finalmente el fiscal solicitó que fuera condenado.
En cuanto a los otros dos acusados, Rafael Gómez, de 37 años, y a Marcelo Encina, de 25, fueron hallados por el tribunal, autores penalmente responsables del delito de Homicidio Doblemente calificado, y se los condenó a la pena de Prisión Perpetua, que en la argentina se establece en 35 años, desde la ley Blungber.
En dialogo con DIARIOJUNIO el defensor particular de Gómez y de Encina, Edelmiro Díaz Vélez, afirmó que “estamos esperando que ellos (los condenados) tomen una decisión, para presentar el recurso de casación antes que la sentencia quede firme” concluyó.