PEAJE : El Síndico de la Cooperativa Eléctrica reconoce que pagan $ 700 mil de peaje y le responde al gremialista “estamos obligados por la ley”

TEXTUAL
No ha dejado de sorprender a esta sindicatura, la aparición de una versión poco clara, sobre el pago del transporte de la energía que consume Concordia y que vulgarmente se denomina “peaje”, que ha publicado DIARIO JUNIO , después de entrevistar a José Sosaya, Sec. Gral. De Luz Y Fuerza de Concordia.

Esta versión, que desconoce la ley y las pautas de concesión del servicio, puede generar confusión en los socios de nuestra Cooperativa, y forjar una imagen distorsionada de la realidad que como licenciatarios del servicio debemos cumplir para mantener la concesión. Por ello creemos pertinente, hacer las aclaraciones necesarias en lo que a nuestra función de Síndico nos compete:

Primera aclaración: “el peaje” por el traslado energético desde la Represa de Salto Grande hasta las Estaciones Transformadoras que nutren a Concordia, está estipulado por Ley Provincial vigente, y por lo tanto, la Cooperativa debe pagarlo sí ó sí, le guste o no, para evitar dejar a Concordia sin luz, o enfrentar la posibilidad de perder la concesión. No está en nuestras manos ni en las atribuciones del Síndico (como parece querer decir el gremialista) cuestionar la legitimidad jurídica de la ley, ni desconocer su aplicación.

En lugar de cuestionarle el pago a la Cooperativa, Sosaya, podría dirigirse a los legisladores de nuestra región para que impulsen y voten la anulación, o modificación de la ley de peaje energético, ya que esa es función de la legislatura entrerriana.

Segunda aclaración: Es cierto que la Cooperativa Eléctrica se endeudó para construir la Estación Transformadora Río Uruguay, con el objetivo en primer lugar, de adecuar su estructura y estar en condiciones de prestar un buen servicio frente a una creciente demanda en las próximas décadas, y también con el objeto de disminuir “el peaje” que por el traslado de la energía se paga.

Si bien no se obtuvo la eliminación del peaje, la disminución en el precio que por él se paga, justifican plenamente la construcción de la Estación Transformadora Río Uruguay.

LOS NUMEROS: De acuerdo a la información y los datos aportados por la Gerencia Comercial de nuestra Cooperativa, antes de la construcción de la Estación Transformadora Río Uruguay, el 100% de la energía que salía de la Represa de Salto Grande para el consumo de Concordia, se procesaba en la Estación Transformadora Concordia, propiedad de ENERSA , y por ello se pagaba un transporte (peaje) de $ 200.000.

A partir de la puesta en funcionamiento de nuestra Estación Transformadora Río Uruguay, la energía que desde la represa de Salto Grande venía para Concordia, se dividía en dos: Un 50 % se procesaba en la Estación Transformadora Concordia y por ello se pagaba $ 140.000; y el otro 50% se procesaba en la Estación Transformadora Río Uruguay, y se pagaba $ 70.000.; ya en ese momento se ahorraba de pagar $ 70.000 mensuales de peaje.

POR QUÉ SE PASÓ DE PAGAR $ 200.000, A PÁGAR $ 500.000 POR “EL PEAJE”.

Este salto en los valores que se pagaban, se produce en la Audiencia Publica quinquenal del año 2007, y comienza a pagarse en el año 2008. En esa audiencia, ENERSA, plantea que se distribuya entre las empresas que compran energía en el mercado eléctrico mayorista (esto es ENERSA, Cooperativa de Concordia y Cooperativa de Gualeguaychú) los gastos del Transporte de “Energía Extra jurisdiccional”, llamado así por estar fuera de la jurisdicción de cada una de las 3 empresas mencionadas, pero dentro de la provincia, y que hasta ese momento era pagado en su totalidad por ENERSA; Si bien Concordia y Gualeguaychú hicieron oír su protesta en ese momento (y no ahora como pretende el gremialista), la Audiencia Publica dejó en firme la nueva distribución del peaje que nos obliga a pagar $ 500.000 mensuales, sin derecho a rechazar lo dispuesto.

Vale aclarar que el pago de $ 500.000 de peaje, justificaban más todavía, el esfuerzo hecho por construir nuestra propia estación transformadora, ya que a partir de ese momento, por la E.T CDIA (de ENERSA) pagamos $ 350.000 por el peaje del 50 % de la energía, mientras que el 50 % que transportamos por la E.T. Rio Uruguay, solo pagamos $ 150.000, ahorrando $ 200.000 mensuales. De no existir nuestra E. Transformadora, se hubiera pagado $ 700.000 en lugar de los $ 500.000.

POR QUE HOY PAGAMOS DE PEAJE $ 700.000 MENSUALES Y NO $ 900.000 COMO DICE SOSAYA.

En esta línea de razonamiento y al solo efecto de echar luz a la cuestión, quiero señalar que actualmente el peaje mensual por el transporte de energía desde la Represa de Salto Grande, hasta las Estaciones Transformadoras que nutren a Concordia, ha aumentado hasta $ 700.000., no a $ 900.000 como dice el gremialista. Este incremento del peaje, de acuerdo a lo estipulado por la Secretaría de Energía, se debe a que nos cobran un aumento en la potencia transportada; Concordia hasta hace poco tiempo atrás consumía de 40 a 45 Megavatios de energía, y actualmente consume 60 Megavatios, lo que ha producido ese aumento en el peaje.

Finalmente, quiero señalarle a todos nuestros socios, que este tema como tantos otros que se barajan, no han escapado al estudio de esta sindicatura; a diferencia de los que hablan con ligereza pero poca fundamentación respaldatoria de lo que dicen, les recuerdo que me apoyo en la documentación que brindan Directores y Gerentes de nuestra Cooperativa, y los asesores legales con que contamos, todos profesionales que respaldan al Concejo de administración, en el mantenimiento del buen rumbo de nuestra empresa, más allá de dificultades coyunturales. Es lamentable que personas ligadas a la Cooperativa, como el gremialista Sosaya, digan no encontrarle explicación a algunas cuestiones, y asuman actitudes que llevan agua al molino de los que apuestan desde siempre al fracaso de esta gestión, sin importarles el daño que pueda sufrir la institución de todos los concordienses. Los gremialistas, saben que nuestra institución al ser distribuidor energético concesionado por la provincia, está atada al cumplimiento estricto de leyes y pautas fijadas por el poder concedente; caso contrario, puede perder la concesión ó sufrir una intervención de dicho poder. “El transporte de energía (peaje) está fijado por ley, y la cooperativa eléctrica de Concordia, debe pagarlo le guste o no. Es ley”.

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