Acaba de cumplir 9 años la ordenanza 30.869, que ratifica el contrato de Concesión de la explotación de aguas termales a la firma Vertiente de Entre Ríos S.A. A pesar del tiempo transcurrido, sigue sin plasmarse la exigencia en el convenio de concesión original, sobre el uso gratuito de este recurso natural por parte de concordienses de escasos recursos. El dato no es menor si se computa que desde el comienzo, esta administración amenaza con acciones contra el concesionario del predio.
UN POCO DE HISTORIA
De acuerdo a los datos recabados por este diario, en los primeros días del mes de marzo de 1995, un informe de la firma “Geoconsult S.A” determinó la factibilidad concreta de encontrar aguas termales en nuestra ciudad. El entonces intendente Jorge Busti, el secretario de Gobierno y Hacienda, Eduardo Drewanz y el secretario de Turismo, Alejandro Bahler, solicitaron al Concejo Deliberante autorización para negociar la perforación y posterior concesión definitiva de la explotación de las aguas termales. Así, mediante ordenanza 28.106, el 13/10/95, el Concejo Deliberante autoriza al intendente Busti, a firmar contrato para perforación con derecho a explotación de aguas termales, con la empresa Operadora de Estaciones de Servicios Sociedad Anónima (OPESSA). Esta ordenanza exigía (condición absoluta), a quien en definitiva explote la concesión del proyecto turístico de aguas termales, el uso gratuito del complejo, para familias, jóvenes, niños y ancianos concordienses de escasos recursos, a través de la figura “programas de desarrollos sociales”.
Al remitirse a los archivos de las sesiones en el Concejo Deliberante, cuando se discutía la concesión de la explotación de las aguas termales (artículo 3º de la ordenanza), se pueden observar encendidos discursos a favor de que todos los concordienses tengan oportunidad de gozar los beneficios de este recurso natural. En especial, el de los integrantes de la Comisión encargada de las negociaciones del contrato.
OTRO CONVENIO
Varios años después, el 26 de abril de 1999 se firma el convenio definitivo por parte de Vertiente de Entre Ríos S.A. y el ejecutivo municipal a cargo del intendente Juan Carlos Cresto. Allí, se incorpora una cláusula, la 16º del convenio, que establece la construcción de un predio dentro de los noventa días de aprobado el convenio por el Concejo Deliberante. Por ese convenio, VERTER S.A. se compromete a suministrar, a través de un caño de 2 ½ pulgadas, de agua termal en forma ininterrumpida “para el desarrollo de Programas Sociales orientados a niños y jóvenes de escasos recursos de hasta 16 años y discapacitados, …”, que sustituía a las entradas gratuitas por parte del concesionario al municipio.
LA ACTUALIDAD
Lo cierto es que han transcurrido nueve años desde que el Concejo Deliberante ratificó el convenio de concesión, (dónde se admitieron innumerables incumplimientos en los plazos del cronograma de inversiones), y son muchos los concordienses que no conocen siquiera el complejo que el Estado municipal concedió a los privados por el lapso de 40 años.
El Concejo Deliberante, se sabe, funciona también como órgano de contralor y debiera encargarse de velar por el cumplimiento de los servicios concesionados. Si lo hiciera, en especial la oposición, podría haber reparado en el incumplimiento de ese convenio, para empezar. Sin necesidad de ir tan lejos se puede pedir el cumplimiento de contrato para promover programas y acciones que les permitan a todos, tener acceso a los recursos naturales que son de todos a pesar de estar concesionado.