PARA PARAR DESPIDOS: Proyecto que tiene apoyo de todos menos de Cambiemos

El diputado nacional Jorge Barreto (FpV- Entre Ríos) al hacer uso de la palabra en la reunión, detalló algunos de los tantos despidos que se produjeron desde el 10 de diciembre pasado “se han despedido 1000 trabajadores de UOCRA en Santa Cruz;   14  del portal EDUCAR  del Ministerio de Educación de la Nación;   de la industria metalúrgica  400 trabajadores y 500 en forma indirecta,

Los Centros de Acceso a la Justicia  han cerrado mucho de ellos, en  Acindar; también se ha frenado Atucha III con 1.200 trabajadores en la calles, en Misiones, cerca de 800, en el Puerto de la plata 200 trabajadores afuera;  Fiat ha suspendido la producción los lunes y viernes, la Aerolínea Sol 200 trabajadores,  han desmantelado los programas Conectar Igualdad, la Biblioteca Nacional con 250 trabajadores, algunos con 10 o 12 años de antigüedad, difícilmente sean ñoquis.

Barreto aseveró: "yo sé que este gobierno nacional necesita un 15% de desocupación para llevar a cabo su proyecto político pero tenemos que poner un freno a esta locura señores, si el Gobierno sigue tomando estas medidas con tarifazos, despidos a mansalva, indiscriminadamente, nos va a llevar indefectiblemente al 2001, nosotros no queremos repetir esa historia", es muy reciente el pueblo se acuerda, el hambre que paso el pueblo argentino, es imborrable.

Por último el legislador entrerriano expresó: “esta comisión y este congreso tiene que tomar cartas en el asunto ya que el gobierno macrista no quiere ver, no quiere asumir su responsabilidad. En 12 años esta cuestión no fue discutido porque no había despidos, los paros nacionales eran por impuesto a las ganancias, y cuando las 5 centrales se juntaron por primera vez en la historia del país, cuando vinieron a plantear el impuesto a las ganancias se dieron cuenta que lo más importante era mantener el trabajo”.

 

ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL PROYECTO DE LEY SOBRE EMERGENCIA LABORAL

El proyecto declara y ratifica la emergencia ocupacional en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2017 y tiene efecto retroactivo al 1° de marzo de 2016 y que la ley resultará de aplicación a todos los trabajadores tanto en el ámbito público como en el privado".

Se establece la prohibición de las cesantías o desvinculaciones dispuestas por el Estado y los empleadores privados. Los despidos realizados en contra de la prohibición serán nulos. Prevé además, en los casos del vencimiento del plazo de los contratos, que los mismos serán renovados automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2017.

Se le da la opción, sólo a los trabajadores, de elegir entre accionar judicialmente por su reinstalación en el puesto de trabajo con más el pago de los salarios de tramitación hasta su efectiva reincorporación, o convalidar la extinción del vínculo con derecho a percibir el doble de las indemnizaciones.

Se destaca que la acción de reinstalación tramitará por el procedimiento sumarísimo o sus equivalentes en cada jurisdicción, ordenándose cautelarmente la reinstalación hasta que recaiga sentencia definitiva.

Todo empleador que pretenda despedir o cesantear a un trabajador con justa causa deberá previamente pasar por un procedimiento administrativo tendiente a evitar el despido, en cuyo marco la autoridad administrativa convocará a una audiencia a celebrarse dentro del quinto día hábil con la asociación sindical correspondiente según la legislación vigente y el trabajador involucrado.

El empleador podrá suspender la prestación laboral, sin pérdida de salario para el trabajador, hasta tanto finalice el procedimiento administrativo.

En este sentido, también se establece que todo empleador que pretenda despedir trabajadores fundado en razones de fuerza mayor, falta o disminución de trabajo que no le fuese imputable, causas económicas o tecnológicas, deberá previamente sustanciar y agotar el procedimiento legislado en el procedimiento preventivo de crisis de la ley 24.013, con independencia de la cantidad de trabajadores afectados.

Finalmente, a fin de respetar el marco delineado por la Constitución Nacional, el proyecto establece la invitación a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la ley en lo que hace al empleo público local en sus respectivas jurisdicciones.

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