Oficialmente se informó a Cuestiones On Line, que el Juzgado de Instrucción número seis dictó el sobreseimiento de la ex ministra Graciela Degani en la causa en la que se investiga el escándalo público por el vencimiento y posterior quema de alimentos el día 7 de diciembre de 2006. En tanto, el 14 de ese mismo mes la Oficina Anticorrupción del gobierno presentó la apelación ante el mismo juzgado y el día 19 se le comunica a la oficina Anticorrupción que se ha aceptado el recurso con “efecto no suspensivo” , elevándose dicha apelación a la sala Penal Nº 1,en turno, presidida por Raúl Herzovich y que no tiene plazos para resolver al respecto.
Cabe recordar que la investigación se inició a partir de la denuncia presentada por el diputado provincial Osvaldo Fernández (UCR-Gualeguaychú) y está caratulada como “López, Graciela Delia s/Incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
La noticia del escándalo, que le costó el cargo a la ex ministra, tomo difusión pública a partir de un alerta sobre una densa humareda en la zona de los Cuarteles y que derivó en una información en la que se indicaba que el gobierno había incinerado alimentos vencidos. Esa semana, la ex ministra Graciela Degani confirmó que se quemaron unas cinco toneladas de mercadería, una parte vencida, la otra en mal estado por un almacenaje inadecuado.
Fideos, dulce de membrillo, harina y cacao figura entre lo que se habría perdido. La funcionaria consideró que la decisión de haberse deshecho de esos productos fue la correcta, mientras confirmaba que el responsable del depósito había sido desplazado y se sustanciaba una investigación interna.
Ahora, una vez conocido el sobreseimiento de la justicia, la Oficina Anticorrupción decidió apelar la determinación y continuar con la causa.
La declaración
El 7 de noviembre de 2006, Degani declaró en esta causa por espacio de más de tres horas ante el juez Maldonado. La ex ministra debía concurrir el 25 de octubre, pero no lo hizo y a través de su abogada Noemí Berros presentó una nota excusándose de acudir por encontrarse en Estado Unidos. Quien sí compareció en esa oportunidad -aunque se abstuvo de declarar- fue Hugo Musto, que estaba a cargo del depósito donde estaban los alimentos.
La investigación del Tribunal de Cuentas
El Tribunal de Cuentas de la provincia también avanzó en este tiempo con la instrucción tendiente a clarificar lo sucedido.
Desde el 7 de junio pasado, las actuaciones contenidas en el Expediente Número 211/05, se encuentran a pedido de una de las fiscales del organismo de contralor en la Oficina de Antecedentes y Conclusiones del Tribunal de Cuentas “en pleno desarrollo de investigación tendiente a determinar responsabilidades y el nexo causal entre el proceder desplegado u omitido y el hecho dañoso que diera origen a las mismas”, se informó.
La ley orgánica del Tribunal establece que en materia penal éste “examinará los supuestos en que tal responsabilidad pudiera tener lugar y remitirá sus conclusiones y antecedentes al fiscal de Estado para que proceda a promover ante el juez competente la demanda por resarcimiento de los perjuicios irrogados. Aquel podrá, a tales fines, deducir la correspondiente acción civil y/o asumir el rol de querellante autónomo con las mismas atribuciones que los integrantes del Ministerio Público Fiscal”.
El organismo prevé que producida la detección de un hecho que abra la competencia del tribunal, la Fiscalía de Cuentas actuante se expedirá sobre la pertinencia o no de recolectar antecedentes del caso y que, en caso de que la investigación sea necesaria a juicio del fiscal actuante, este solicitará la intervención de la Oficina de Antecedentes y Conclusiones al tribunal para que determine presuntos responsables, monto del perjuicio y realice el encuadramiento jurídico correspondiente para la elaboración de las conclusiones.
El funcionario del Tribunal de Cuentas responsable deberá producir un informe del que se correrá vista al fiscal de Cuentas interviniente quien procederá a expedirse respecto a si considera que la investigación del asunto está completa y si corresponde su remisión a la Fiscalía de Estado; si deben realizarse precisiones por parte de la Oficina de Antecedentes y Conclusiones ya sea respecto de las cuestiones de hecho o derecho que hagan al tema en análisis; o si entiende que corresponde el archivo de las actuaciones sin más trámite.