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Para la defensa se trató de un reclamo salarial donde ‘se cometieron excesos’

Giorgio se basa en que si se hubiese producido un reclamo armado para arrancarle una mejora salarial al gobernador, lo primero que debe evaluarse es que Urribarri debería haberlos intimado en forma fehaciente dos veces a que cedan en su actitud. Según el artículo 231º del Código Penal: “luego que se manifieste la rebelión o sedición, la autoridad nacional más próxima intimará hasta dos veces a los sublevados que inmediatamente se disuelvan o retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después de la segunda intimación, la autoridad hará uso de la fuerza para disolverlos. No serán necesarias, respectivamente, la primera y segunda intimación, desde que los sublevados hicieren uso de las armas”.

Giorgio dijo que ese procedimiento no se llevó a cabo sino todo lo contrario a lo que ordena el Código Penal. “Mandó a dialogar al subjefe de Policía, el comisario Rosatelli quien reconocía, y esto está filmado, y les pedía que esperen que iba a tratar de de buscar una solución”, indicó. Rosatelli iba acompañado por el ministro de gobierno, Adán Bahl.

Asimismo, Giorgio manifestó que el resto de los funcionarios policiales tenían que haber tomado “una actitud activa, no pasiva” para hacer cesar la sedición. Artículo 235º del Código Penal “los funcionarios que no hubieren resistido una rebelión o sedición por todos los medios a su alcance, sufrirán inhabilitación especial de uno a seis años”. el defensor oficial dijo que no vio a “ninguno de los 600 efectivos policiales que había en Concordia esa noche hayan tomado la actitud de hacerlos cesar. Fijese que no hubo un solo tiro. ¿Entonces de qué estamos hablando?”.

En otro párrafo, indicó que ante un “reclamo salarial que se desmadró” la actitud de las autoridades provinciales y policiales fue de “ineptitud” al no poder controlarlo.

Asimismo, señaló que hubo excesos como “robos” y “daños”. Pero reclamo que se debe investigar y determinar quienes los hicieron. “Pero no puede imputársele a todo el personal”, dijo. En ese sentido, señaló que uno de los imputados no estuvo el 8 de diciembre en la Jefatura. “Ni siquiera estuvo el primer día y todos los hechos sucedieron el primer día: las lesiones leves, daños, el privar de la libertad a Lucio Villalba. Y mi defendido no estuvo. ¿Como puede hacerse cargo de eso? Es una locura”, indicó.

Respecto de la instigación a cometer delitos, otra de las acusaciones de la fiscalía, Giorgio dijo que era “ilógica”. Como ejemplo, citó una quincena de juicios a personas imputadas por los saqueos donde en las sentencias reconocen que hubo “aprovechamiento” de terceras personas de “un reclamo salarial de la policía”. Por lo tanto, mencionó que es contradictorio acusar de sedición y reconocer, al mismo tiempo, que había un reclamo salarial. “Salía por radio y televisión y todo el mundo sabía que estaban de paro y los ‘vivillos’, los delincuentes de los barrios, salieron a saquear”, indicó. Incluso, el defensor dijo que los propios imputados le advirtieron ese día que había “movimientos raros” en la ciudad.

“Por los saqueos y las muertes trágicas que hubo, tenían que echarles la culpa a alguien  no se iban a echar la culpa a ellos- ¿Usted cree que 18 personas pueden tomar, sin tirar un solo tiro, la Jefatura y la ciudad de rehén o hace falta algo más?”, dijo el defensor.

 

 

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