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Nuevo documento ratificaría el vínculo entre Goyeneche, su esposo y el imputado Opromolla

El 5 de septiembre de 2018, la fiscal y su esposo presentaron una nota a Opromolla a efectos de que el contador certifique el origen de los fondos utilizados para la inscripción inicial – transferencia de dominio de un automóvil de alta gama, valuado en aquel momento en una cifra cercana a los 30 mil dólares.

Esta contratación de los servicios profesionales del contador imputado en la causa “Contratos” es otro elemento que desmiente la afirmación que realizó Goyeneche ante la jueza Carolina Castagno tres meses después cuando en audiencia pública sostuvo: “Falso su Señoría. No tengo ninguna relación comercial con el señor Opromolla”. Este es uno de los hechos que se le reprochan en el Jury que se le sustanciará.

Se suma a los fideicomisos de propiedades inmuebles donde la fiscal y el imputado tenían partes iguales y al alquiler de una propiedad ubicada en calle 9 de Julio 165 cuya renta se liquidaba en el estudio contable «Integral Asesoría» de Opromolla que luego sería allanado por orden de Goyeneche.

Otro dato llamativo es que el sellado de la certificación de ingresos del matrimonio Goyeneche – Orlando Bertozzi se concretó en la terminal 3472 de Entre Ríos Servicios, emplazada en «Integral Asesoría». Según la acusación fiscal en la causa “Contratos”, esa terminal tenía como finalidad pagar las cargas impositivas de los monotributistas a través de los cuales se extraían los fondos de la Legislatura.

La operación

El propio Opromolla constató las rúbricas de los cónyuges a efectos de dar cumplimiento a lo requerido por el Registro Automotor (DNRNOAyCP) en base a los protocolos de la Unidad de Información Financiera (UIF), dado que Goyeneche está en la categoría de persona públicamente expuesta por su labor en la Justicia.

De Luis Orlando Sebastián Bertozzi, se certificaron ingresos por su labor como contador público independiente, por sus tareas en la UADER y también como funcionario político de la administración de Cambiemos en el Concejo Deliberante de Paraná, cargo que ocupó hasta 2019.

De Cecilia Andrea Goyeneche sólo sus haberes por “servicios jurídicos”, es decir su sueldo como Procuradora Adjunta. A pesar de que la certificación realizada por Opromolla abarcó el período septiembre 2017 a agosto 2018, no se incluyeron los pagos del alquiler que el imputado y la fiscal recibían por la propiedad de calle 9 de Julio, aun cuando el bien estaba rentado desde el 1° de julio del 2017 y, al momento de la constatación de ingresos, acumulaba un año y dos meses de liquidaciones.

La certificación de ingresos fue validada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos dos días después de que fuera solicitada, es decir el 7 de septiembre de 2018 a través de la legalización 1-03773-18.

Opromolla

Según la propia Fiscalía, el contador Pedro Opromolla ocupaba un lugar central en la supuesta organización delictiva creada para desviar fondos de la Legislatura a través de contratos ficticios de personal.

En el auto de elevación a juicio de la causa, el ministerio público fiscal señaló: “La gestión de la situación impositiva de cada uno de los contratados era realizada por estudios contables, conformados por los contadores Pedro Opromolla, Gustavo Falco, Guido Krapp y Roberto Ariel Faure, que se encargaban de realizar el pago de los impuestos de cada uno de los falsos «contratistas», utilizando para ello la clave fiscal de cada uno, proporcionada por (Hugo Rubén) Mena y/o (Flavia) Beckman, quienes previamente la requerían de las personas reclutadas para la contratación, y lo abonaban a través de la terminal nº 3472 de Entre Ríos Servicios emplazada en el propio estudio «Integral Asesoría» de los tres primeros contadores mencionados”.

Por su posible participación en el ilícito, a Opromolla se le atribuye el delito de peculado reiterado -once hechos-, en calidad de partícipe necesario y a su vez relacionado materialmente con el delito de asociación ilícita en calidad de autor. Según ello y teniendo en cuenta los arts. 261, 55 y 45 del Código Penal, la escala penal específica es de 3 a 50 años -tope legal- de prisión”.

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