Los senadores dieron sanción definitiva al proyecto de ley de Melchiori por el que se regula la actividad minera en la provincia de Entre Ríos. Se aceptaron las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados. Melchiori recordó el trabajo con los funcionarios del Poder Ejecutivo, que se dio por más de tres años. “Hemos tenido que lidiar muchas veces para controlar las actividades extractivas”, explicó el legislador, indicando que había una falta de legislación. “Nuestra provincia está atrasada en relación a lo que hacen algunas vecinas, como Buenos Aires”, comentó a sus pares. Señaló que muchas veces se quería controlar, pero no se contaba con los instrumentos legales, lo que ahora se pretende conseguir mediante este proyecto.
El pasado 10 de febrero, la Presidenta aludió públicamente al tema. “Vamos a tener que darnos una discusión política en serio. Por un lado, tenemos que exigir calidad ambiental y por otro seriedad en los planteos que realizan”, dijo. Y luego explicó que quería “reflexión y debate y no las posiciones dogmáticas y cerradas que dicen sí o no, y se resisten a cualquier inflexión o a cualquier matiz”.
Melchiori precisó que el control que se impulsa tiene que ver con la defensa del trabajo entrerriano, un control ambiental, y permitirá a la provincia recaudar para a su vez impulsar un mejor aprovechamiento de nuestros recursos.
El texto, que ahora será girado al Ejecutivo para su análisis, indica que “toda persona física o jurídica que desarrolle actividades mineras, en cualquiera de las formas previstas en la presente Ley, en Jurisdicción de la provincia de Entre Ríos, deberá ajustarse a las disposiciones” que se proponen.
La Dirección General de Minería de la Provincia será la autoridad de aplicación y se crea el Registro Único de Actividades Mineras, en el que se deberán inscribir las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades mineras, previo cumplimiento de los requisitos que establezca la autoridad de aplicación.
Se considerará persona física o jurídica que desarrolla actividades mineras a las siguientes: Los productores y los comerciantes de sustancias minerales; quienes presten servicios mineros; las plantas de tratamiento o beneficios de minerales, que ejecutan alguna o algunas de las actividades industriales de base minera.
Además se crea un fondo minero y se deja perfectamente establecido el régimen de permisos para realizar actividades de exploración o explotación minera. Cabe mencionar que a lo largo del trabajo en comisión se tuvo especial cuidado en todo lo relacionado al control de las embarcaciones que desarrollan su actividad extractiva en cursos de agua de jurisdicción provincial.
Los legisladores también impulsaron la generación de una Guía de Tránsito de Minerales, para controlar la circulación del producido en nuestro territorio por esta actividad.
Además se incluyeron normas de protección ambiental y un régimen de sanciones. Se deroga la ley 8559, que data de 1991. El proyecto consta de 48 artículos, uno de ellos de forma y ahora deberá ser analizado por el Ejecutivo para su promulgación.