No quedó nada de historia: Demolieron patrimonio arquitectónico

La ordenanza Municipal Nº 29789, en sus artículos 1 y 2, explican que, “lo que esté comprendidos en esta clasificación los yacimientos, piezas y elementos de carácter antropológico, arqueológicos, etnográficos, paleontológicos, tanto de origen biológico como los de naturaleza mineral, simples o elaboradas.” Y que todos los inmuebles comprendidos en el listado que antecede y todos aquellos cuya construcción anteceda al año 1940, no podrán ser intervenidos ni sometidos a refacciones, modificaciones, ampliaciones y/o cualquier otra alteración de su estructura arquitectónica o estética, sin previa opinión del Consejo Asesor de Protección del Patrimonio de Concordia y la aprobación del órgano de Aplicación y el Departamento Ejecutivo Municipal.

El Concejo Asesor de Protección de Patrimonio, ante la consulta de nuestra redacción hace algunos meses, se mostró en desconocimiento sobre la presentación de Sergio Gilabert, solicitando que se preserven, al menos las columnas del edificio original. Si bien el articulo 11 de la Ordenanza N° 29113, sancionada el 28 de noviembre de 1996 indica que “los propietarios de bienes declarados de interés patrimonial podrán vender, gravar o alquilar sus propiedades se dejará un registro catastral con la constancia de haber sido declarado de interés patrimonial. 

Asimismo, las ordenanzas que reglamentan la remodelación de las construcciones declaradas patrimonio arquitectónico de la ciudad, indican que los propietarios de la misma, al momento de decidir remodelar deberán dar informe al organismo que velará por la resguardo de los bienes que tienen que ver con la construcción de identidad histórica de la ciudad. Se sabe que será un banco el que se instalará en Urquiza 686, aunque desde la oficina de Patrimonio, tampoco pudieron decir la marca financiera que ocupará dicha dirección. 

Desde el Colegio de Arquitectos de la ciudad que también forman parte del Consejo, no dieron respuestas a esta redacción.

LA CASA
Hasta el verano de 2015, la construcción histórica cumplió su función como la denominada, Casa del Carnaval. La misma era propiedad del empresario Jorge Medrano, uno de los gerenciadores del Carnaval de Concordia en ese momento. Antes, pertenecía a la familia Mc Loughlin. Aunque la “Casa-Rancho” en 1849 era de Francisco Saturnino Requena, quien fuera Sargento Mayor del Ejercito de Campaña, que también desempeñó el cargo de Comandante Militar de Concordia desde 1847 a hasta el 5 de octubre de 1853. 

La casa conservaba, cuatro columnas y dos medias columnas, y un aljibe circular, sin brocal. Todo databan de mediados del siglo XIX. Las columnas tenían 3,40 metros de altura 1,30 metros de diámetro, estaban construidas con mampostería. Su base estaba asentada en basamentos cuadrados, revestidos con molduras de mármol blanco de estilo toscano. Ubicadas en el patio de la casa formando una galería. Estas columnas eran las únicas con más de 150 años de antigüedad en la ciudad. Algunas paredes estaban construidas con ladrillos asentados en barro. 

EL ERROR HISTÓRICO
La mencionada casa, en su fachada muestra una placa que cuenta que el 23 de septiembre de 1850, se produjo el encuentro entre Justo José de Urquiza y Benjamín Virasoro, gobernadores de las provincias de Entre Ríos y Corrientes, ambos dirigentes tenían como objetivo rebelarse ante Juan Manuel de Rosas, ya que el en ese momento gobernador de Buenos Aires, había prohibido la venta de oro a la provincia de Urquiza. 

En dicha vivienda se reunieron en Septiembre de 1850, el Secretario General de Urquiza, Ángel Elías, el Ministro del General del Gobernador de Corrientes, Juan Pujol. Ambos firmaron un acuerdo entre los gobernadores de Entre Ríos y Corrientes. Pues en esta casa no se reunieron, Urquiza y Virasoro. Si, lo hicieron en la Estancia San Justo, propiedad del Gral. Urquiza ubicada en el Norte del Departamento de Concordia con la excusa de presenciar una carrera de caballos, para no despertar sospechas; así se concretó la alianza entre las provincias, previo a la Batalla de Caseros. (Fuente: Acuerdos y protocolos, Carpeta 26 del Libro Historia de Concordia. Tomo 1 de Heriberto Pezzarini).

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