No hay resolución sobre cómo proceder en Entre Ríos ante casos de abortos no punibles

Según publicó diario Uno, un médico paranaense que pidió preservar su identidad, indicó: “Acá no hay protocolo ni guía, no hay nada; en Internet está la guía, pero tiene que existir decisión política o mejor dicho una política clara sobre el tema, y por ahora no existe”. Otro profesional del interior de la provincia sostuvo: “En Paraná no saben qué hacer, imaginate acá que estoy yo solo–el médico pidió reserva de su identidad–, el tema es sumamente complejo”.

Si bien en Entre Ríos no hay un protocolo o guía, la falta de estos no es excusa para incumplir con el fallo de la Corte Suprema sobre abortos no punibles: el Ministerio de Salud de la Nación ya estableció los lineamientos que se deben seguir cuando una mujer violada reclama un aborto. Están contenidos en la Guía Técnica de Atención de los Abortos no Punibles, actualizada en 2010, que se apoya en la misma interpretación del artículo 86 que hizo la Corte Suprema en su histórico fallo. La iniciativa prevé la realización de abortos en caso de peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada, así como para aquellos casos de embarazos producidos como consecuencia de una violación. No obstante, en la Cámara de Diputados de Entre Ríos hay un proyecto para poner en práctica el procedimiento en casos de Aborto No Punible. Otra cuestión que falta en los hospitales de Entre Ríos es el Registro de Objetores de Conciencia. Esto permite que cada jefe de servicio conozca con qué médico cuenta y quiénes se oponen. Este relevamiento debe ser efectuado por las autoridades del nosocomio y hacerse pública.

Acatar
Tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia, Paula Ferro, coordinadora Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de la Nación envió a todas las provincias –Entre Ríos incluida– un comunicado en el que se explica los alcances de la resolución de la Corte y se informa que “habiendo la Corte Suprema fijado pautas claras de política de salud respecto del acceso a los abortos no punibles, las provincias deben ajustar sus políticas públicas a estos parámetros, ya sea mediante la aplicación directa de la Guía Técnica y el Protocolo de Atención, a través del acto de adhesión o aplicando sus propios protocolos en tanto compatibles con dichas herramientas”.

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