La norma no sólo fija prohibiciones para fumar en espacios públicos y privados. Además exige la realización de una campaña de difusión permanente sobre el tabaquismo, promover la enseñanza en las escuelas de los daños que provoca el cigarrillo y la exhibición del número de la norma. Nada de eso se cumple.
El médico Jorge Baigorria explicó porque es imprescindible que los fumadores no prendan un cigarrillo en espacios públicos cerrados. Los daños o lesiones son las mismas tanto para los fumadores activos como para los pasivos. Ser fumador pasivo es más peligroso de lo que se pensaba. Un estudio acaba de demostrar que el riesgo de sufrir una angina de pecho o un infarto de miocardio aumenta entre un 50% y un 60% entre aquellas personas que soportan diariamente a fumadores a su lado. El daño mayor es para “los niños, que tienen el sistema inmunológico más débil”, dijo Baigorria.
La ley prohíbe el uso de tabaco en ambientes cerrados que dependen de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. También prohíbe el uso de tabaco en transportes públicos y establece que los espacios privados tengan lugares diferenciados para fumadores y no fumadores. Establece la obligatoriedad de exhibir, en lugares visibles, leyendas sobre la prohibición de fumar y el número de la ley.
El Poder Ejecutivo estaba encargado de establecer procedimientos y sanciones en caso de infracciones cometidas en contra de estas disposiciones. Sin embargo, no existe ninguna inspección u organismo encargado que controle si esto ocurre o no.
La norma fija además que, en los institutos de enseñanza de toda la Provincia, se enseñen programas sobre la prevención del vicio de fumar y la profilaxis del tabaquismo, los que serán elaborados por el Consejo Provincial de Educación. Si bien, la ley deja establecido que todo habitante de la provincia de Entre Ríos se encuentra facultado para reclamar el cumplimiento de estas disposiciones, no hay organismos donde efectuar denuncias.
Mayor severidad
Mientras tanto, el Gobierno nacional está ajustando un proyecto que preanuncia un mal futuro para los fumadores en la Argentina. Limitará el consumo de cigarrillos sólo a la calle y los hogares. Las multas para los infractores se fijarán en atados de la marca más cara comercializada. El valor es de 4 pesos, e irán entre los 250 y 1.000 paquetes que pagará el dueño del establecimiento donde se infrinja la ley, no el consumidor. Para reincidentes, la pena será de 2.500 atados.
Además, el proyecto prohíbe todas las publicidades en la vía pública y medios de difusión masivos, se castigará la venta de cigarrillos a menores de 18 años y se obligará a las tabacaleras a colocar advertencias antitabaco con imágenes en los atados.