De acuerdo a la información acercada a DIARIOJUNIO, la Cámara de Diputados dio media sanción a esta iniciativa, y si los Senadores aprueban esta modificación del artículo 39 de la Ley 19.798, las empresas prestatarias del servicio de telefonía deberán abonarle un impuesto al gobierno provincial y a cada municipio.
Cettour recuerda que en el año 2001 el Congreso Nacional había aprobado una modificación a esta ley, con la que se obligaba a las empresas telefónicas pagar un canon del dos por ciento de la facturación del distrito para el uso del espacio, reforma que no se implementó ya que fue vetada por el ex presidente Fernando De La Rúa.
Asimismo, precisó que en la nueva iniciativa no se fija ningún parámetro para establecer el monto del impuesto. Esa atribución que quedará a libertad de la negociación entre el municipio y Concejo Deliberante respectivo y las empresas privatizadas.
“Este beneficio se extendió por más de una década, era una las condiciones que se habían establecido en los pliegos de las licitaciones de las empresas de servicios públicos que se refieren a comunicaciones, a modo de colaboración de los estados municipales y provinciales en el desarrollo de las comunicaciones. “Pero, ya desarrolladas y amortizadas las redes, no tiene ya razón de ser la exención que se viene realizando” consideró el Diputado Nacional Hugo Cettour.
El proyecto de ley dice : El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – Modifícase el artículo 39 de la ley 19.798, el que queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 39: A los fines de la prestación del Servicio Público de Telecomunicaciones se destinará a uso diferencial el suelo, subsuelo y espacio aéreo del dominio público provincial, municipal, comunal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con carácter temporario o permanente, previa autorización de los respectivos titulares de la jurisdicción territorial para la ubicación de las instalaciones y redes.