Muerte digna: Profesionales abordan el tema en Diputados

El proyecto de ley sobre muerte digna fue impulsado por el diputado justicialista Darío Argaín, aunque antes habían trabajado el tema los legisladores Antonio Mainez y Oscar Grilli, que en el año 2006 formularon un proyecto de ley que pasó, también, a la comisión de Salud, aunque nunca tuvo tratamiento en el recinto y que fue identificado como expediente 15.909.Sin embargo, parte de esa iniciativa también fue tenida en cuenta al momento de redactar el nuevo proyecto.
Ahora, Argain refresca el tema y establece en su propuesta “el derecho a las decisiones personales, a la calidad de vida y a la dignidad de aquellas personas que por diferentes patologías progresivas han llegado a una faz terminal y sin respuesta a los tratamientos curativos”.
El texto, en caso de sancionarse, reconocería a todo individuo el derecho a tener una muerte digna, natural, con un adecuado control del dolor, y para llegar a ella con calidad de vida, asistencia de un equipo médico de cuidados paliativos y con las terapias de apoyo adecuadas para el paciente y su grupo familiar.
Acerca del procedimiento del médico, el diputado de Villaguay, precisó en su proyecto que deberá “abstenerse de implementar medios extraordinarios al enfermo en situación terminal sin fundamentos científicos de cura” a la vez que también “prohíbe recurrir a tratamientos o al suministro de fármacos cuando cada uno o la combinación de ambos, tengan como único propósito acortar o terminar con la vida del paciente terminal por piedad o compasión, inclusive cuando exista voluntad escrita del paciente”.

Según Argaín “una vez que se aclara que esto no es eutanasia, automáticamente se libera toda resistencia al tema y surge la verdadera necesidad de los cuidados paliativos” y que a través de esta propuesta “se respetará la decisión escrita del enfermo terminal de pasar de un tratamiento curativo a uno paliativo cuando el dolor o el tipo de terapia comprometan su calidad de vida, la que tendrá carácter de instrumento jurídico, pudiendo incluirse la voluntad de donación de sus órganos y el destino de su cuerpo llegado el momento del deceso”.

En la reforma
Durante el proceso de reforma de la Constitución, el derecho a la muerte digna ocupó a los convencionales a partir de las mociones impulsadas fundamentalmente por Augusto Alasino desde la bancada de Viva Entre Ríos, pero no tuvo el acompañamiento necesario para fijar un texto específico sobre la cuestión. En ese debate se introdujo también el relativo a la práctica del aborto. Por tal razón, en el artículo 16 la Constitución reformada dice: “La Provincia reconoce y garantiza a las personas el derecho a la vida y, en general, desde la concepción hasta la muerte digna. Nadie puede ser privado de ella arbitrariamente.
Peserico, es médica pediatra del Servicio de Guardia Central del hospital Materno Infantil “San Roque”, cuenta, entre otros títulos, con un postgrado en Oxford y es especialista en cuidados paliativos y enfermos terminales.

Fuente: Recintonet

Entradas relacionadas