Moto sin casco no se vende

Vale aclarar que la iniciativa del Concejo no es innovadora. En realidad, la Ley Nacional de Tránsito (N° 24449) vigente desde hace más de una década, en materia de condiciones de seguridad para conductores de motovehículos, establece en su artículo 29: inc. I, que “las motos deben estar equipadas con casco normalizado antes de ser libradas a la circulación”.
La única excepción para entregar una moto sin el casco es que el comprador traiga el suyo y algún comprobante que acredite que es de su propiedad. El proyecto viene del Ejecutivo aun que la idea se originó en el bloque de concejales oficialista. “Estamos convencidos que lo ‘sancionatorio’ no es la solución definitiva para el uso del casco sino también la concientización”, dijo el titular del bloque del PJ, Mariano Giampaolo.
Además, los carteles deberán estar colocados cada 30 m². “Es un afiche común que va a proveer la Dirección de Tránsito que van a tener constantemente información sobre los efectos de los accidentes en las personas que no llevan cascos y sobre la normativa que rige en materia de utilización de motos y cuatriciclos”, expresó el edil. Si el local es de reducidas dimensiones, va a haber un solo cartel en la vidriera o a la vista del público. “Si el local es más grande, que de hecho la mayoría de los locales son grandes va a haber varios afiches”, explicó.
Un antecedente en la materia es el del ex diputado Jorge Mario Cartolano quien en 2004 presentó un proyecto de ley para que cuando sea venda una moto o ciclomotor en la Provincia de Buenos Aires, esté obligatoriamente acompañado de un casco protector. Establecía que deberá constar en la factura emitida por el vendedor, el modelo del casco, es decir que quedará un registro de dicha venta. De no cumplir con esta normativa, los vendedores deberán pagar una multa que equivaldrá al valor de 3 cascos y ese dinero será destinado a salas sanitarias del distrito o bien a salas de primeros auxilios ubicadas en la región.
Por otra parte, la Dirección de Tránsito tendrá la posibilidad de ampliar el plazo para retener las motos. “En vez de cinco días van a duplicar los días que va a tener retenida la moto la persona que sea detectada conduciendo sin el casco”, expresada. Aún pagando la multa con anticipación, los plazos para la devolución no se acortarán, aclaró el edil.
De ahora en más ya no queda mucha tarea pendiente de parte del Concejo. “Legislativamente hay poquitas cosas más por hacer aunque se están trabajando algunas ideas”, acotó el titular del bloque. No obstante, el titular del bloque prefirió no cargar las tintas sobre la responsabilidad de la Dirección de Tránsito respecto de la cantidad de motociclistas que circulan por las calles sin casco. “En Salto quedan un o dos agentes por turno controlando y sin embargo el 90 % de la gente usa casco”, indicó.
Más adelante, redondeó el concepto apuntando a la “concientización” de los conductores. “Si no se aviene, por más que tripliquemos la cantidad e agentes en la calle no se va a poder…tiene que haber un entendimiento de que la idea del uso del casco es que nos mueran de un accidente. El índice de la mortalidad o de daños severos en la motricidad está dado en la mayoría de los casos por la falta del uso del casco”.

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