martes 14 de octubre de 2025

-

Director: Claudio Gastaldi

RegistrarmeNewsletter
Filter by Categorías
Ambiente
América Latina
Colonia Ayuí
Concordia
Coronavirus
Covid-19
Derechos Humanos
Diamante
Dictadura
Dos Orillas
Economía
Educaciòn
El país
Federal
Información general
Informes Especiales
Iosper vs Femer
Judiciales
Juicio Político
Legisaltura
Legislativas
Ley de Etiquetado
Los Charrúas
Mundo
Municipios
Colonia Ayuí
Diamante
Estancia Grande
La Criolla
Los Charrúas
Puerto Yeruá
Nacionales
Opinión
Opinion
Opinion Guilermo Luciano
Opinión: Claudio Gastaldi
Opinión: Guillermo Luciano
Policiales
Política
Provincial
Puerto Yeruá
Salud
Sin categoría
Sociedad
Violencia Laboral

Monotributistas: Mañana vence el plazo para la recategorización

La recategorización se realiza en la finalización de cada cuatrimestre calendario, pero sólo es necesario concretarla cuando el monotributista haya desarrollado sus actividades durante un cuatrimestre calendario completo.
Si se modifica la categoría, el monotributista quedará encuadrado en ella a partir del segundo mes de realizada la inscripción.
En tanto, la falta de recategorización implica la ratificación de la categoría declarada con anterioridad.
La AFIP considera al responsable correctamente categorizado cuando se encuadre en el segmento que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados.
En cuanto a la declaración informativa, deben cumplirla los contribuyentes que se hallen encuadrados en las categoría F, G, H, I, J, K o L, que son quienes facturan más de 72 mil pesos anuales, y también quienes revistan en calidad de empleadores, cualquiera sea su lugar en la escala del monotributo.

Entradas relacionadas

Deja el primer comentario