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Menores canillitas: un flagelo social y cultural más que laboral

En abril de este año, desde la Casa de Gobierno, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner aseguraba que la Asignación Universal “es una herramienta contra el trabajo infantil”. “Fue gran herramienta que permitió que los padres, para poder cobrarla, tuvieran que mandar a los chicos al colegio, lo que significó hasta un crecimiento en la matrícula”, agregó.

No obstante, hay actividades que los menores siguen llevando a cabo como la venta de diarios. “Nosotros hemos hablado con las autoridades de los dos diarios locales que se venden en esta ciudad y el que retira los diarios de los establecimientos donde venden son los mayores de edad”, indicó Peñalver.

“Según las planillas que tienen tanto el diario ‘El Sol’ como ‘El Heraldo’, ningún menor de edad retira diarios para vender. Son todos mayores de edad y eso seguramente se los dan a sus hijos”, indicó el letrado. Peñalver sostuvo que revisó las planillas, dialogó con los propietarios de los dos diarios. “Y efectivamente es así”.

“Esta es una situación social y cultural que no quiere decir que está bien. Los menores tienen que estar, a esa edad, en el colegio, los padres trabajando. Otros organismos del Estado tienen que intervenir”, manifestó el responsable de Trabajo.

La alusión es al Copnaf. Por ello, DIARIOJUNIO intentó dialogar con Rougier para saber que cantidad de menores trabajen en la calle, como abordan la problemática y que políticas están llevando a cabo para eliminar o acotar esa práctica. Pero no hubo forma de saberlo porque siempre estaba reunido con alguien. “Está con gente de Paraná”, dijo el viernes uno de los empleados. A pesar de dejar los números de teléfono, Rougier tampoco se contactó con la redacción.

¿Como se aborda el trabajo adolescente en otras actividades? La nueva ley que regula el trabajo agrario establece en su capitulo II (Regulación del trabajo adolescente), art. 58º (“trabajo en empresa de familia”) que “las personas mayores de catorce (14) años y menores de dieciséis (16) años de edad podrán ser ocupados en explotaciones cuyo titular sea su padre, madre o tutor, en jornadas que no podrán superar las tres (3) horas diarias, y las quince (15) horas semanales, siempre que no se trate de tareas penosas, peligrosas y/o insalubres, y que cumplan con la asistencia escolar”.

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