Menor en situación de calle: “La solución no es encerrarla sino recomponer el vínculo” afirmó Rouger

Cómo ya lo retratara en notas anteriores, DIARIOJUNIO, entre los cerca de tres casos por abuso de menores que ingresan semanalmente a los tribunales de Concordia, los fiscales Fabio Zabaleta y Miguel Vila, investigan los casos que tiene por victimas de a dos hermanas de 12 y 15 años, que tienen en común la inexistencia de un vinculo familiar que las contenga, por lo que prácticamente las menores vivían por su cuenta.
El caso de (A), la menor de 12 años que fue encontrada en situación de calle y ejerciendo la prostitución, fue el detonante para que se dinamizaran ambas investigaciones, que se hallaban congeladas ante la dificultad de dar con las dos menores, ya que su madre no podía localizarlas.

En uno de los casos se trata de un abuso intrafamiliar, en tanto que el otro, es la denuncia de la situación de prostitución infantil que luego la menor luego confirmó en Cámara Gesell.

Ahora, (A), de 12 años, está en una residencia del COPNAF, y ya ha pedido regresar con su madre. Mientras que su hermana de 15, ya fue restituida a la mujer, tras ser hallada por la policía viviendo sola en una casilla en el barrio Fátina II.

Cabe aclarar que conforme lo manifestaron ambos fiscales a este diario, la dificultad del caso radicaba en gran parte en la imposibilidad de dar con las victimas, a quienes la madre decía no poder localizar. Se trata de las dos niñas que prácticamente no vivían con ella, y aparecían esporádicamente en la vivienda materna.

Consultado por el caso, y en particular por la medida de restitución de una de las menores al hogar materno, (corriendo con esto el riesgo que vuelva a fugarse antes de poder prestar testimonio en cámara Gesell). El funcionario apuntó primero al caso de (A) quien aún está internada en la residencia, en función de que en un primer momento había dicho que era su madre quien la regenteaba: “El tema es que la menor en cámara gesell desvinculó a la madre de estos hechos, entonces nosotros estamos con los equipos técnicos, evaluamos la situación, trabajamos con la madre, como también trabajamos con la menor, para evaluar el egreso, pero todavía no se tomó esa decisión”.

A todo esto hay una hermanita en las mismas condiciones. Esta menor de 15 años fue encontrada y restituída a su madre. “Mucha gente se pregunta porqué volvió con su madre la menor, y se la devolvió a la madre porque no teníamos nada en contra que se le haya imputado a la madre. De todas formas estamos evaluando el caso; pero la idea es trabajar en comunidad con esta madre y las hermanas” es decir trabajar en la reconstrucción del tejido familiar

Tal como lo explica Rouger, “Si no hay fundamentos para tomar la medida de acuerdo a la Ley 26.061, internarla sería privarla ilegítimamente de la libertad. No se la puede internar en una residencia, cuando no estaría justificada la toma de la medida”

Consultado acerca de la posibilidad de que los acusados por los delitos de abuso coaccionen a las menores o a su madre para que se retracten, a la vista de la vulnerabilidad en la que se encuentran, Rouger fue contundente: “Evidentemente sería un riesgo. Ahora bien, nosotros muchas veces planteamos, cuando la justicia nos manda oficios para que internemos a seis o siete hermanos, de distintas edades y de distinto sexo, que requiere separarlos en distintas residencias de acuerdo a su edad y a sus sexo, y que por ahí es vulnerarles más aún el derecho y re-victimizarlos; ¿porqué en lugar de encerrar a los menores no encierran al abusador?”

El tema que plantea Rouger dispara un debate más profundo, y es que la internación en residencias del COPNAF no es victo por los procedimientos judiciales como una medida de privación de la libertad, pero de hecho para el organismo lo es. Por esta razón es que el organismo plantea que si los fiscales tienen que hacer una cámara Gesell, “que no me hagan tenerla a la nena internada una semana para ver cuando le van a tomar testimonio, que se muevan con la premura que requiere el caso y lo hagan el mismo día” en otras palabras, que la burocracia administrativa del poder judicial no condicione la libertad de los menores.

Como ejemplificó el funcionario, si no toman una medida de prisión sobre el acusado por falta de pruebas, ¿porqué creen que si pueden tomar una medida de internación sobre los menores sin argumentos?

En cuanto al caso concreto, Rouger destacó que “no tenemos ningún fundamento como para no trabajar con la madre: Si la menor la hubiera incriminado directamente hubiéramos tomado otra postura, pero como organismo de protección nosotros tenemos que velar por los niños y que nos se los revictimise, y lo que podemos hacer ahora es apuntalar ese vinculo, con contención, con visitas y el tratamiento con psicólogos al que debe acudir la madre y las dos nenas” concluyó

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