Maya le pidió la renuncia a Pañeda

El artículo 6º de la Constitución de Entre Ríos señala que: “es condición de idoneidad para ocupar cualquier función de gobierno no haber desempeñado a partir del 24 de marzo de 1976 cargos de responsabilidad política en los regímenes de facto”.
El ex senador nacional preguntó: “como puede ser que una persona que fue designada en 1978, en los días mas calientes de la dictadura, como Asesora Legal en la Subsecretaria de Justicia y Asuntos Legislativos, este hoy en el Superior Tribunal y además como Presidente y además como Presidente del Tribunal Electoral de la Democracia”. Luego agregó: “si alguien me lo explica será mejor, de lo contrario será verdad, aquello que dice la gente respecto de la Justicia o como decía el Martín Fierro”.
En el marco de sus impugnaciones a Pañeda, Maya agregó: “era asesora del Proceso, ingresando en la época mas caliente 1978, en el área de la Justicia y de las leyes, reemplazando a la Legislatura, lo que constituye un agravio mayor e inexplicable, ya que nadie entiende como puede ser autoridad en la dictadura y también en la democracia”.
Además destacó: “he buscado con esmero antecedentes de la Dra. Pañeda desde 1975 a 1992 y resulta difícil encontrar algo, como si se hubiesen borrado, todo lo que la vinculaba a su asesría en el proceso, pero acreditado que sea esto, debe cumplirse con la Constitución, ya que mal puede cuidar la democracia quien tiene esos antecedentes”. Y concluyó: “los partidos políticos, no podemos estar dependiendo en nuestra actividad de quien aconsejo como asesora los actos de la dictadura”.

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