Magni quiere que el Concejo Deliberante avale el voto a los 16

Entre los fundamentos de su iniciativa, Magni recuerda los proyectos de ley, tanto en el orden nacional (autoría del senador Anibal Fernández) como provincial (autoría del diputado Lisandro Viale), y menciona además la iniciativa del convencional uruguayense Américo Schvartzman en 2008, en idéntico sentido.

La concejal socialista recuerda en su proyecto que la Convención Reformadora de la Constitución Entrerriana, en 2008, eliminó la edad del derecho al voto a fin de que si la legislación nacional, provincial o local avanzaba en el sentido de extender estos derechos, la norma constitucional no fuera un obstáculo. Del mismo modo, señala que el artículo 49 posibilita que cualquier entrerriano o entrerriana puede presentar un proyecto legislativo a partir de los 16 años.

Entre otros fundamentos, refresca la noción contemporánea de los derechos humanos “que es dinámica, histórica, progresiva y gradual”; y pone énfasis al recordar que en Concepción del Uruguay ya se encuentran habilitados los y las jóvenes desde los 16 años de edad para votar en el Presupuesto Participativo “previendo, además que se siga impulsando esta ampliación de derechos”, según reza textualmente la ordenanza respectiva.

También hace referencia a la ciudad de Rosario, “que cuenta con la notable y enriquecedora experiencia del Presupuesto Participativo Joven, donde jóvenes de entre 13 y 18 definen cómo se usan los fondos de esa área”; y a Córdoba, que ha extendido la edad a los 16 para cargos municipales de modo optativo. Estos casos, dice la concejala Magni, “aportan la posibilidad de contar con ello como estudio de campo en la temática”.

También menciona que países como Uruguay, Brasil y España, ya lo han incorporado, y recuerda que en Entre Ríos “funciona hace casi ya dos décadas, el Senado Juvenil, donde la gurisada de la escuelas de nivel medio presentan y defienden iniciativas, algunas de las cuales han sido tomadas por la legislatura y convertidas en leyes”.

En ese sentido, afirma, “todos estos ejemplos desestabilizan los argumentos que habitualmente se esgrimen para desaconsejar esta ampliación, que suelen estar basados en un supuesto desinterés, desinformación o dependencia. Los que además remiten en la historia, a discriminaciones de épocas ya pasadas ya que, consecuente justificación se utilizó contra el voto de las mujeres, las clases subalternas o las minorías raciales”.

Finalmente, recuerda que las personas de 16 a 18 tienen deberes en relación con la sociedad, por ejemplo, son penalmente responsables, y por ende, “la extensión del voto es en suma una cuestión que exige coherencia democrática, ya que no se pueden postular deberes que no postulen los derechos que merecen”.

Entradas relacionadas