Los preceptores ahora pueden jubilarse en las mismas condiciones que los docentes

Con despacho de las comisiones de Educación y de Legislación General, se dio sanción definitiva al proyecto de ley que instrumenta el reconocimiento como “docente al frente directo de alumnos, a los servicios prestados por los preceptores y celadores docentes a los efectos de acceder a la jubilación ordinaria especial establecida por la Ley 8.732”.
De acuerdo al proyecto que ahora será girado al Ejecutivo, el artículo 37 inciso “c” de la ley quedará redactado de la siguiente manera: Los docentes, preceptores y celadores docentes con cincuenta y cuatro (54) años o cincuenta y dos (52) de edad según se tratare de varones o mujeres, respectivamente y veinticinco (25) años de servicios al frente directo de alumnos.

Regulación de servicios públicos

Además tomó estado parlamentario un proyecto de ley de los senadores de Victoria y Feliciano, Carlos Garbelino y Victorio Firpo, respectivamente, mediante el que proponen una reglamentación para el Ente Regulador de Servicios Públicos, previstos en los artículos 30º, 215º y 240º inciso 21, subíndice “J” de la Constitución Provincial de Entre Ríos, recientemente reformada.
Señalan en los fundamentos que la creación del ente ha sido incorporada en el capítulo de Declaraciones Derechos y Garantías: “como expresión de voluntad del constituyente en orden a reconocer los derechos de los usuarios y consumidores en nuestra provincia, estableciendo como una responsabilidad del Estado la garantía de su ejercicio”.

Ley de ministerios

Los legisladores, que introdujeron modificaciones al proyecto de ley de ministerios, decidieron que el mismo sea tratado dentro de 15 días. El despacho de comisión que conformará el orden del día tiene cambios que surgieron del propio Poder Ejecutivo ya que en un primer momento, al enviar su propuesta a la Legislatura, había considerado la creación de cinco carteras para llevar adelante la tarea de gobierno. Pero ante la situación que generó la aparición de la Gripe “A”, se decidió llevar el número a seis, con la inclusión del ministerio de Salud.
El texto fue analizado en el seno de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, que preside el senador por La Paz, Aldo Ballestena (PJ). Además el bloque oficialista, en pleno, recibió un informe de la Secretaria General de la Gobernación, Sigrid Kunath.
Los ministerios propuestos con los cambios del Senado son: de Gobierno, Justicia y Educación; de Economía, Hacienda y Finanzas; de Desarrollo, Empleo, Ciencia y Tecnología; de Salud; de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, y de Producción

Código Procesal Laboral

Se recibió una nota de la presidenta de la Sala Laboral del STJ, Susana Medina de Rizzo, solicitando “se proceda a la designación de un representante” del Poder Legislativo “a fin de integrar la Comisión de Estudio e implementación del Código Procesal Laboral de Entre Ríos”. Los senadores decidieron que el representante será el senador de Paraná, Santiago Gaitán.

Enfermedades raras

Tomó estado parlamentario un proyecto de los senadores Carlos Garbelino y Victorio Firpo, quienes propician que el Ejecutivo establezca acciones que permitan el abordaje y acompañamiento integral de las necesidades que tienen los pacientes afectados por las denominadas “enfermedades raras”.
Consignaron en los fundamentos que dichas patologías son “en su mayoría son graves”, ya que no sólo ponen en riesgo la vida de los enfermos, sino que aunque “afectan a pocas personas en el mundo”, juntas suman de 6 a 8 mil tipos de enfermedades, convirtiéndose “en un tema de todos”.
El estudio realizado por una ONG, que ha sido acompañado como parte de los fundamentos, denominada Grupo Geiser (Grupo de Enlace, Investigación y Soporte para Enfermedades Raras), ha señalado que extrapolando las estadísticas mundiales de este tipo de patologías, Argentina podría tener actualmente un elevado número de casos. Se trata de proponer que se tomen los resguardos para que quienes padecen alguna de ellas, sea atendido en forma debida desde los efectores del Estado.

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