Los honorarios profesionales de discapacidad en la picota

Los valores que cubren la atención a la discapacidad son regulados por la Superintendencia de Salud de la Nación, a través de Resoluciones Conjuntas.

Las prestaciones por discapacidad son costeadas, en mayor parte por el Estado, a través del Fondo Solidario de Redistribución, que se compone de diferentes aportes fiscales. Éstos fondos son girados a las obras sociales, que participan del mecanismo de integración, para costear tratamientos complejos.

El mayor volumen de estos fondos se distribuye en las prestaciones por discapacidad. Se incluyen aquí montos que cubren honorarios profesionales, traslados del paciente, docentes integradores, entre otros. A su vez, la distribución de los montos, se discrimina según distintos rubros (centro de día, hogar, instituto, prestación de apoyo, etcétera).

Es muy amplio el universo de trabajo de pacientes con discapacidad. Debido a que incluye, además de profesionales, a transportistas y docentes.  Son distintas actividades que se movilizan para ofrecer las prestaciones.

Con un plazo mínimo de 60 sesenta días de presentación de las liquidaciones, los pagos de honorarios deberían estar abonados.

Cómo es de público conocimiento, en agosto del 2022, no se han girado los fondos a las obras sociales desde la Superintendencia de Salud de la Nación para que sean abonados los correspondientes honorarios y prestaciones del mes de junio.

Toda cesación de pagos tiene como consecuencia un perjuicio directo.  En este caso, una acción intempestiva sobre el delicado equilibrio entre ingresos y egresos del profesional. A lo que se suma la incertidumbre de no saber si esta situación se replicará en el tiempo.

Tanto los profesionales como los trabajadores independientes, hemos venido haciendo frente a las contingencias de la economía. Una escalada inflacionaria, año a año reflejada  en los índices interanuales a lo que debemos responder con aumentos insuficientes para compensar los gastos que se deben afrontar.

Un profesional debe asumir mensualmente costos de matrícula, seguros, obligaciones impositivas, fiscales y previsionales. Gastos que son obligatorios e irrenunciables para poder estar activos en el ejercicio profesional. Cualquier mora o pago fuera de término conlleva al cobro de intereses que de ninguna manera son resarcidos, muy por el contrario, ingresa a la cuenta de las pérdidas que se deben asumir con honorarios cobrados fuera de término

Al día de hoy, muchas son las dudas y pocas las certezas. No se oyen ni rumores ni promesas de pago. El silencio desde los organismos responsables desconcierta.

 

(*)Licenciada en Fonoaudiología. Matrícula 290.

Secretaría de Programas Especiales y Atención a la discapacidad

Colegio de Fonoaudiólogos de Entre Ríos.

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