Los citricultores pidieron a De Angeli que interceda para modificar los impuestos que afectan a los jugos

Además, en el texto se remarca que aumentaría la recaudación impositiva mediante de la tasa de los impuestos internos. Todo deviene de la ley Nº 24.674, sancionada el 17-07-96, se redujo la tasa aplicable a la venta de las bebidas gaseosas del 24 % al 4 %, “produciendo un enorme beneficio a las embotelladoras multinacionales en perjuicio del erario público”.
Al ser tan baja la alícuota, «los elaboradores de bebidas gaseosas ya no sólo dejan de pagar muchísimo menos impuesto, sino que actualmente ya prefieren pagar la bajísima alícuota del 4 %, y directamente no incorporar jugo de fruta a sus bebidas», dice la nota.
En otro párrafo, se señala que la decisión, «impulsada por beneficio impositivo desproporcionado, provoca además una seria afectación a las economías regionales citrícolas: la producción primaria e industrial tienen cerrada la venta de sus productos al mercado nacional, con el agregado, incluso, que los beneficiados por esta rebaja importan jugo en volúmenes crecientes».
La ley Nº 24.674 regula a los jarabes para refrescos y los productos destinados a la preparación de bebidas analcohólicas, elaborados con un veinte por ciento (20 %) como mínimo de jugos o zumos de frutas, sus equivalentes en jugos concentrados o adicionados en forma de polvo o cristales, incluso aquellos que por su preparación y presentación comercial se expendan para consumo doméstico o en locales públicos.

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