Los bustistas Cremer y Zavallo “no darán quórum para el proyecto sobre retenciones”

“El proyecto sigue la línea de lo presentado el año pasado cuando se discutía la Resolución 125 y recoge los reclamos de los productores entrerrianos, con los que nos reunimos el viernes pasado. No somos oposición, pertenecemos al justicialismo, pero marcamos nuestras diferencias dentro del bloque” afirmó Zavallo
En ese sentido agregó: “No vamos a ser parte del circo mediático de una oposición, que se opone por oponerse, que busca el caos con fines electorales y que si hacemos memoria, cuando el radicalismo fue gobierno y hoy es la columna vertebral de la oposición; llevaron al país a una fuerte crisis social que nos dejó al borde de la desintegración.
Por su parte la diputada Cristina Cremer, sostuvo que “Coincidimos con los sectores productivos en que el nivel de retenciones es alto, estamos presentando hoy un proyecto propio, ya que los niveles actuales de retención comprometen la rentabilidad y las perspectivas de siembra para la próxima campaña” sostuvo.
Cabe señalar que los legisladores, Cremer y Zavallo, se reunieron el pasado viernes con la Mesa de Enlace provincial, quienes consideraron como “muy positivo” que se apruebe en la Cámara de Diputados provincial el proyecto de ley que permite a las cooperativas entrerrianas obtener financiamiento del Banco de la Nación, en el cual, el gobierno provincial avala, en esta operación un 40% de las garantías en forma subsidiaria: Esto permitirá a mas de 5.300 productores tener acceso a los insumos necesarios para encarar la próxima siembra de trigo, maíz, soja, sorgo y girasol.

El proyecto propone un esquema de retenciones organizado de la siguiente manera:
Mercaderías (N.C.M.)
Alícuota aplicable

1001.10.90 (Trigo duro, exc. para siembra)
20%

1001.90.90 (Trigo, exc. para siembra)
20%

1005.90.10 (1) (Maíz en grano, exc. para siembra)
20%

1005.90.90 (Maíz, exc. maíz en grano y en grano)
20%

1007.00.10 (Sorgo en granos para siembra)
20%

1007.00.90 (Sorgo en granos)
20%

1201.00.90 (Habas de soja, incluso quebrantadas, exc. para siembra)
30%

1206.00.90 (2) y (3) (Semillas de girasol, incluso quebrantada, exc. para siembra)
30%

(1) Excepto maíz pisingallo que tributará un derecho de exportación del (5 %).

En los fundamentos del proyecto se argumenta que el mismo “tiene por objeto la aplicación de un derecho fijo de exportación para los cultivos de trigo, maíz y sorgo en un 20% y para la soja y girasol en un 30%; pero permitiendo computar el 5% como «pago a cuenta» del impuesto a las ganancias y, para el caso de los Pequeños Productores, cuya comercialización total no supere las 2000 toneladas al año, se instrumentará un Certificado de Libre Disponibilidad que podrá ser descontado con pago en efectivo en las Sucursales del Banco de la Nación Argentina ”.

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