Otra vez nos vemos avasallados en nuestros derechos por gente que escudados en opiniones de, vaya a saber quién, se creen dueños del honor y la moral.
Ahora pretenden que los boliches cierren a las 4 de mañana; y esto sin siquiera pensar las dificultades que atraeria.
Vaya uno a saber a qué responden semejantes ideas que -no para menos-, se asemejan a las normas típicas de la dictadura militar, y encima, son aprobadas por un órgano legislativo de corte oficialista.
Pero parece que tampoco resulta razonable la restricción horaria, analizada desde la perspectiva de la libertad de comercio que ampara a los propietarios de locales bailables. Al respecto, debe tenerse en cuenta que ninguna limitación se establece respecto de la posibilidad de que los menores, después de las cuatro de la mañana, concurran a bares o confiterías, en los que se puede permanecer hasta cualquier hora. sí lo que se pretende es evitar el «nocturnismo» habría que disponer el cierre a las cuatro de la mañana de todos los lugares públicos.
No resulta adecuado presuponer que los locales bailables implican un mayor grado de peligro para la juventud, pues en tal caso lo que correspondería sería su prohibición lisa y llana, y no simplemente una restricción horaria. esto daría lugar a presumir el día de mañana al gobernante de turno que las zapaterías, los cibers, etc. o cuestiones de raza, sexo o religión serian igualmente peligrosas y por ende censurables.
Que la restricción que pretenden establecer por ordenanza importa una reglamentación y limitación de diversos derechos y libertades garantizados constitucionalmente: por un lado, el derecho de reunión, como también el derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre; y, por otro lado, la libertad de comercio.
¿Se pensó, que en virtud de la limitación los jóvenes dispondrían en adelante de excesivo tiempo en el deambular por horas y horas hasta la madrugada por las calles y lugares de elevado riesgo, con los peligros morales y materiales que ello entraña?. ¿o también va ha estar prohibido caminar por la ciudad luego de las 4 de la mañana??
nada de esto se pensado. Pues luego de aprobada se va ha se poder constatar que los fines de semana, después de cerrados los locales bailables, los ciudadanos y en especial los adolescentes permanecerán en la calle hasta el amanecer, sin retornar a sus hogares a las cuatro de la mañana.
En definitiva, el hombre de hoy no relaciona los malos hábitos (droga, alcohol. etc.) necesariamente con salir a bailar, todo lo contrario, uno concurre a los boliches bailables en busca de una sana actividad recreativa, por lo tanto es retrograda toda idea contraria. así no se modificaran los hábitos de conducta de los destinatarios específicos de la norma.
Que, sin dudas, resulta legítima y necesaria la preocupación del estado respecto de la tutela de la salud física y espiritual de los adolescentes, manifestada en disposiciones de índole normativa, pero, al mismo tiempo, no hay que dejarse seducir por la ilusión de la «omnipotencia legislativa» creyendo que basta con el dictado de una norma para modificar los comportamientos sociales, pues ello puede conducir a un olvido y desatención respecto del análisis y consideración de las verdaderas causas de los fenómenos de la vida social. en lo que a esto respecta, resulta prudente no apartarse de la sabia letra del art. 19 de la constitución nacional, a cuyo tenor”.
las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a dios, y exentas de la autoridad de los magistrados».
Que el ámbito propio para el desarrollo de una juventud educada en los principios de la libertad con responsabilidad lo constituye, sin dudas, la familia.
No resulta adecuado presuponer que los locales bailables implican un mayor grado de peligro para la juventud, pues en tal caso lo que correspondería sería su prohibición lisa y llana, y no simplemente una restricción horaria.
¿Como se implementaría la norma?
Seria ley pareja para todos o seria como la poco clara ordenanza y decreto reglamentario de la llamada “ley seca”, que desde su implementación solo se aplico en forma discriminatoria a ciertos lugares y a otros no como por ejemplo algunos que pudimos concurrir a los carnavales concordienses, donde vimos que indiscriminadamente mayores y sobre todo menores con libre acceso a bebidas alcohólicas expendidas en el lugar. Por mencionar solo uno.
Néstor Eduardo Williams
DNI 16872200