Legalizaron el sistema de pasantías para los alumnos secundarios

Se destaca que el decreto aclara que la situación de pasantía no creará ningún otro vínculo, para el pasante, más que el existente entre el mismo y la unidad educativa correspondiente, no generándose relación laboral alguna con la institución, pública o privada; o la empresa donde efectúe su práctica educativa.
Y señala que podrán ser pasantes recién a partir de los 16 años, si bien en el caso de los menores de 18 años, deberán contar con la autorización escrita de sus padres o representantes legales.
La norma restringe las pasantías a un tope de 20 horas reloj por semana y a una duración máxima de seis meses, mientras que el mínimo será de 100 horas reloj. Para evitar la sustitución de trabajadores por pasantes se establece límites y porcentajes sobre el total de empleados regulares.
Además de seguro contra riesgos de trabajo, los pasantes tendrán los mismos beneficios que el resto del personal en transporte, comedor y tiempos de descanso. Y según los convenios firmados, podrán tener otros, como refrigerio, estímulos para traslados y viáticos, y gastos educativos.
Antecedentes
El primero fue el decreto 340, de 1992 y luego en 2008 que por iniciativa del Ministerio de Educación, las comisiones de Asuntos Laborales y de Educación de la Cámara de Diputados elaboraron una ley de pasantías para mayores de 18 años, destinada a estudiantes de carreras universitarias y de formación profesional.

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