martes 14 de octubre de 2025

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Las industrias podrán regularizar hasta el 1º de septiembre su situación de suministro de gas

Si bien la prórroga tiene un alcance de 30 días, se recomienda a los industriales:
a) Chequear junto con su Distribuidora el gas que esta última le debe ceder al usuario en concepto de consumo histórico.
b) Tener claramente definida la ruta de transporte que la Distribuidora utiliza para abastecerlo de este volumen.
c) Dicho volumen debería ser provisto y facturado al Usuario directamente por el Productor de gas que le esta proveyendo a la Distribuidora.
d) De acuerdo a las exposiciones realizadas por funcionarios de la Secretaría de Energía en la UIA, así como en diversas asociaciones empresarias, el precio debería ser el que corresponde al Sendero de Precios, el que finalmente convergería con la paridad de exportación que corresponda en diciembre de 2006.
e) En el caso de que el consumo actual supere al histórico el Usuario debería salir a buscar al Mercado el volumen excedente, para lo cual puede optar:
I. Pedir cotización a un Productor.
II. Pedir cotización a un Comercializador.
III. Colocar una Oferta Irrevocable en el MEG, para lo cual recomendamos que previamente se informen adecuadamente de los derechos y obligaciones contenidos en esta metodología.
f) Los Usuarios Interrumpibles pueden elegir cualquiera de las rutas disponibles por la Distribuidora.

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