El proyecto se trató sobre tablas y en su artículo segundo obliga la creación de un Registro Público Provincial, donde los establecimientos deberán aceptar la inembargabilidad.
Previo a este texto, en el mes de junio, las cámaras habían aprobado uno en el mismo sentido por el que también declaraban inembargable e inejecutables los bienes muebles e inmuebles que estén afectados a fines educativos y que sean propiedad de las Instituciones Educativas Públicas de Gestión Privada. Deben cumplir distintas condiciones.