García precisó: “En la provincia nunca existió una condena con decomiso con estas características. Siempre se trata de instrumentos del delito, como un revólver, un cuchillo. Es muy poco común esto. Es más, son muy pocas las condenas que existen en el país por enriquecimiento ilícito”. Yedro, condenado en su momento, introdujo un ardid judicial que le permitió entrar nuevamente en el campo quitado, y lo puso a producir. Metió 1.200 cabezas de ganado, 80 caballos y sembró varias hectáreas de soja. Pero la jueza Noelia Viviana Ríos acogió un planteo de la Procuración, que le achacó el delito de usurpación, y le ordenó que se fuera. Pero le dio un plazo de 60 días, que empezó a correr el viernes último, para desocuparlo completamente.
La sentencia que firmó la jueza Ríos el 13 del actual dice que ese tiempo deberá ser usado por el ex legislador para la “paulatina desocupación de los dependientes, semovientes y demás bienes muebles” de su propiedad. Pero la orden tropezó con una interrogante: ¿se puede permitir que Yedro saque todas sus pertenencias, incluida la cosecha de la soja sembrada en campo ajeno cuando hay un fallo que dice que el campo que ocupó para sembrar ya no es suyo?
Por su parte, el Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar García, en diálogo con El Diario, manifestó: “Es una cosa insólita. En la provincia nunca existió una condena con decomiso con estas características. Siempre el decomiso es de instrumentos del delito, como un revólver, un cuchillo. Es muy poco común esto”. Y añadió: “No hay antecedentes de sentencias que ordenen el decomiso de un campo de dos mil hectáreas. Es más, son muy pocas las condenas que existen en el país por enriquecimiento ilícito”.
Pero además dice otra cosa: que no hay legislación que pueda abarcar una situación tan peculiar como la que rodea a la causa Yedro. El ex legislador fue condenado por enriquecimiento ilícito, le decomisaron un campo como parte de la condena, ese predio pasó a manos del Estado, pero el condenado cuestionó la sentencia y desafió lo dispuesto por los jueces. Ahora, un último recurso, de queja, está en análisis ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero ese remedio extraordinario, dice García, va camino de ser rechazado.
En esa línea, García explicó: “La ley no puede imaginar la actitud tozuda y persistente de quien la quebranta permanente. Esta persona, con una condena por enriquecimiento, va y se mete de nuevo a un campo que la Justicia le decomisó, y no sólo eso, sino que además se pone a sembrar soja en un campo que ya no le pertenece”.
Además, el Procurador precisó que “la soja es del Estado. Entiendo que lo único que puede hacer ahora es sacar los animales que tiene adentro. Pero los frutos del campo son del Estado. Eso no está en discusión”. Y añadió: “Qué paradoja: el condenado, que es desposeído del campo, comete otro delito. Se mete de nuevo en el campo, lo cual constituye una usurpación, y encima le hace rendir frutos a ese campo, que no es de él, y se lo agarra para él. Es una duplicación del delito lo que comete”.
Asimismo, expresó que con la soja y el campo decomisado “el Código Penal establece que debe tener una finalidad educativa. La idea es que el Estado, generalmente a través de instituciones educativas, lo subarriende, lo administre, entregue en explotación a algunas entidades”. Igualmente, “lo más importante es que ese campo se decomisó, sentencia judicial que la Corte va a confirmar, porque entiendo que va a rechazar el recurso de queja. Ya hay cinco votos en contra. Esto es una cuestión de días. No hay ninguna posibilidad que la Corte dé vuelta una sentencia como esta, tan contundente”.
El campo tiene 2.164 hectáreas, está ubicado en Raíces Norte, próximo a Maciá, en el departamento Tala, y fue adquirido por una sociedad, Del Rubio y Hunmendi SRL, pero de un modo reprochable para las leyes. Uno de los socios de Del Rubio y Hunmendi era el ex legislador Yedro. Esa operación inmobiliaria, a ojos de la Justicia, fue concretada con fondos “cuya procedencia legítima no pudo justificar” el ex legislador justicialista, hecho que dio sustento a la “condena por enriquecimiento ilícito” dictada en 2005 contra Yedro.