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La Provincia extendió el plazo para vender lámparas incandescentes

De esta manera, se permitirá que “todo aquel que tenga aún estas lamparitas, las pueda liquidar”, explicó al respecto el funcionario. Además, la disposición dejó afuera de la prohibición a las lamparitas menores a 25 vatios o 50 voltios.
En los considerandos, se indicó que “la gran mayoría” de estas bombillas con esa potencia o tensión nominal, “se utilizan en la iluminación interior de heladeras, microondas y hornos, entre otros aparatos”.
En este sentido, el texto explica que “la prohibición de su comercialización generaría un serio trastorno y un costo poco justificable, al tener que remplazarse la matricería de dichos artefactos para adaptarla a otro tipo de iluminación, sin que ello redunde en un ahorro significativo de consumo de energía eléctrica”.
La norma también dispone que la Secretaria de Comercio Interior, “verifique el fiel cumplimiento de lo dispuesto”.

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