La Oficina Anticorrupción sugirió que se revea el carácter reservado del destino de la publicidad oficial

El funcionario del organismo agregó que otra posibilidad es cuando se configure alguna de las causales como la prevista en el inc. B del decreto, que menciona que la información sólo puede ser declarada secreta o reservada por ley o resolución administrativa si está fundada “en razones de seguridad o salubridad pública mientras duren estas razones”.
Si bien Pedemonte consideró que Victor Priggioni contestó “dentro de los términos del decreto”, aclaró que “al brindarse la respuesta debería haberse emitido una resolución y no hacerlo a través de una nota, por cuanto de esa manera se habilitaría la vía recursiva frente a la denegación de la información”.
Por lo tanto, Londero deberá aguardar esta resolución para iniciar las acciones administrativas previstas en la ley 7060.

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