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La Justicia reiteró que el Gobierno debe devolver las pensiones por discapacidad

En aquel momento Guillermo Badino, el ex titular de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales (CNPA), había afirmado que una persona con cierto grado de discapacidad, como alguien con síndrome de down, "puede trabajar si lo desea o quizás le pueda caber la Asignación Universal por Hijo".

Los jueces Nora Carmen Dorado y Luis René Herrero establecieron en la sentencia que "se trata de derechos alimentarios e irrenuciables", por lo cual esas pensiones deben ser restituidas. La medida incluye a todos los afectados a nivel nacional cuyas prestaciones hayan sido dadas de baja o suspendidas, sin mediar resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso.

En la misma línea, los magistrados consideraron que la suspensión de las pensiones "vulnera derechos a la vida autónoma, la salud, la vivienda, la educación y la dignidad inherente a la persona humana". En septiembre de este año la jueza Federal Adriana Cammarata dictó una medida cautelar para exigirle al gobierno la inmediata restitución de todas las prestaciones dadas de baja desde enero de 2016 sin que mediara "resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso".

La magistrada inició una causa federal colectiva con el objetivo de unificar todos los reclamos individuales en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de manera de evitar que hubiera resoluciones con diferentes criterios según las jurisdicciones. En octubre, la cartera que conduce Carolina Stanley fue intimada a que en un plazo máximo de diez días cumpla con la cautelar que ordena restablecer las pensiones suspendidas o eliminadas. Hasta el momento el Ministerio devolvió apenas 10 mil prestaciones.

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