La Justicia reconoció la autonomía del municipio de Gualeguaychú para legislar sobre el glifosato

El viceintendente de Gualeguaychú, Jorge Mardey, dijo que “esta sentencia es una buena noticia para nuestra comunidad, y un acto de justicia. Gualeguaychú no va a resignar sus derechos, ni abandonar el sendero elegido, por la vida, la salud y el ambiente” expresó al enterarse de la sentencia emitida por el juez provincial Eduardo Ferreyra, que reafirmó los argumentos en cuanto a las autonomías municipales para legislar en materia ambiental.

Asimismo, en la sentencia se interpela al Juez Federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró a que “se inhiba de seguir actuando en los autos mencionados”, poniendo así límites al entender que este no tiene competencia en asuntos que deben resolverse en el ámbito local.

El 16 de abril se aprobó por mayoría la ordenanza ‘Glifosato Cero’ en Gualeguaychú que prohíbe el acopio, venta y uso de glifosato en el ejido. En el debate previo y en las semanas posteriores a su aprobación, la discusión se dio en torno a la constitucionalidad de la norma, la autonomía de la ciudad para legislar sobre el tema y la necesidad del campo para utilizar lo que denominaron como “una herramienta de trabajo”.

Una demanda fue presentada por un grupo de empresarios de Gualeguaychú que alegaron sentirse afectados por la prohibición de la venta de glifosato dentro del ejido. En este sentido plantearon la inconstitucionalidad de la ordenanza “Glifosato Cero” que fue aprobada por mayoría en el Concejo Deliberante. El juez federal subrogante, Pablo Andrés Seró, de Concepción del Uruguay, dio lugar a la medida cautelar presentada por los comerciantes.

Fue el 10 de julio cuando Seró dio lugar a la medida cautelar en favor de los empresarios que comercializan glifosato en la ciudad, quienes reclaman la inconstitucionalidad de la ordenanza municipal que prohíbe este agroquímico en todo el ejido.

A partir de la sentencia de la Justicia Provincial que objeta la competencia federal, y en caso de que Seró insista en su intervención, la cuestión pasará a manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“De acuerdo a la Constitución Nacional, en materia ambiental la Nación establece los presupuestos mínimos, pero son las provincias las que pueden intervenir para actuar progresivamente. Y asimismo, la Constitución provincial establece la concurrencia de provincia, municipios y comunas en la protección del medio ambiente” afirmó Maradey.

Por su parte, el secretario de Desarrollo Social y Salud, Martín Roberto Piaggio agregó “El sentido y legitimidad de la prohibición del glifosato es indiscutible. Los gobierno locales, por mayor cercanía con la comunidad y mayor conocimiento de las problemáticas emergentes pueden y deben actuar y legislar en materia ambiental, a favor de los intereses colectivos”.

“El glifosato enferma y mata. Y el pueblo de Gualeguaychú está dando un mensaje claro: no renunciaremos por nada al bienestar de nuestros hijos, no negociaremos por ningún interés privado el futuro de la comunidad, no aplazaremos un minuto realizar el mandato que nos dicta la razón, la conciencia” concluyó Piaggio.

 

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