El fallo, de la Jueza Suplente Dra. María Constanza Ortíz, dispone que el deudor alimentario sea inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios y que sea informada la Municipalidad de Concordia.
Además la Justicia determinó la suspensión del carnet de conducir, razón por la cuál se libra un oficio a la Central de Tránsito local y tampoco podrá salir del país, con lo cual, serán informadas las autoridades migratorias.
Así mismo, informó el portal el Anden, la Justicia determinó que el deudor alimentario fuera suspendido como socio del Club de Profesionales de Concordia y no podrá ingresar, asistir o participar de las actividades que en el mismo se realizan.
Creación del Registro Público de Deudores Alimentarios Morosos
Vale recordar que en octubre del corriente, el Concejo Deliberante de Concordia aprobó por unanimidad la creación del ‘Registro Público de Deudores Alimentarios Morosos’, conformado por 15 artículos y cuyo objetivo es atender diversas funciones. Entre ellas, la creación de una base de datos; expensión de certificado de Libre Deuda Alimentaria, comunicación con Tribunales e inscripción o baja en el Registro; además de hacer una convocatoria a los sectores de la sociedad que tengan incumbencia en los objetivos de la Ordenanza, etc.
La normativa, presentada desde el bloque de concejales de Juntos por el Cambio, fue trabajada de manera conjunta entre los concejales Carola Laner y Luciano Dell’Olio, y persigue una doble finalidad: por un lado, prevenir el incumplimiento de los deberes asistenciales y por el otro, reparar la situación de desamparo en la que se encuentra el niño.