La Justicia ordenó a la Municipalidad de Paraná que restablezca el servicio de colectivos

En su resolución el tribunal consideró que la medida autosatisfactiva no era la vía procesal idónea para resolver el conflicto puesto que impedía a la concesionara del servicio ejercer su defensa. Un derecho que le había sido reconocido en sede administrativa, conforme detallara la Municipalidad en su presentación ante la Cámara.

Asimismo ordenó al municipio “identificar con las respectivas copias de los títulos dominiales obrantes en su poder, las unidades que afirma fueron llevadas a extraña jurisdicción, como así también el acto, decisión o trámite de afectación de las mismas al servicio público”, ya que la Municipalidad requirió la restitución de cinco vehículos que, según indicó, “fueron retirados ilegítimamente de la ciudad”. Para eso el tribunal dispuso una medida cautelar innovativa.

Además la Cámara señaló que “quien debe garantizar la continuidad de los servicios públicos, y en este caso el de transporte de pasajeros automotor por ómnibus (…) es la Municipalidad promoviente, que soslaya su poder/deber dirigiendo peticiones que claramente son de imposible cumplimiento a la Justicia, requiriendo garantice la prestación del servicio a quien evidentemente no se encontraría en condiciones de hacerlo, siendo la propia actora la que dispone de herramientas instrumentales necesarias desde hace tiempo y que no las ha ejercido en tiempo y forma”.

Según los jueces “las facultades del municipio para restablecer el servicio son innumerables”, por lo que “no es posible que este tribunal asuma a su pedido las potestades que le son propias” y por eso instó a que “prontamente el Municipio de Paraná asuma y ejerza esas competencias, porque la ciudad está paralizada”.

Tras destacar que “el damnificado de esta situación es el ciudadano”, a través de la resolución el tribunal señaló que se trata de algo “notorio y evidente para quienes vivimos en esta localidad, ya que padecemos la imposibilidad de trasladarnos, que conlleva muchas veces otras imposibilidades: ir a la escuela, a trabajar, a cuidar la salud –tratamientos urgentes y programados- o el comercio, paralizado por la falta de personas que ya no pueden moverse”.

La Cámara también aludió a “la equivocada calificación del servicio público de transporte de pasajeros como ‘esencial’, calidad que en el régimen jurídico impide el ejercicio pleno del derecho de huelga de los trabajadores que se desempeñan en ese servicio”. De esa manera reconoció el derecho de los choferes a efectuar un paro ante la demora en el pago de haberes por parte de Buses Paraná, la concesionaria del servicio.

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