La semana pasada la Sala Segunda, de la Cámara Penal de Paraná, rechazó el pedido de rehabilitación presentado por el ex vicegobernador Domingo Daniel Rossi, según trascendió de fuentes judiciales.
Pese a esto, el fallo será apelado por los abogados que representan al dirigente justicialista del Departamento La Paz, quien aspira a ser habilitado nuevamente para presentarse como candidato a cargos electivos.
Más allá de las encendidas polémicas que siempre generó el denominado Caso Rossi, es decir la condena que recayó sobre el ex vicegobernador de Jorge Busti en el período 1987-1991 por enriquecimiento ilícito; el planteo judicial tendiente a su lograr su posibilidad de volver a ser candidato, una vez cumplida la condena, parece también destinado a generar confusión. Al menos tal cosa aseguran desde el entorno del hombre condenado por haber tomado dinero del Estado para beneficio propio.
El fallo -al que este medio tuvo acceso- acepta en todos los términos el planteo jurídico de Rossi, pero no hace lugar al pedido argumentando que era necesario que en el lapso de tiempo en el que Rossi cumplió su condena, además haya hecho aportes o donaciones para la comunidad a modo de reparación del daño causado.
Lo sorprendente, a criterio de los representantes de Rossi, es que dos de los tres jueces que integran la sala han dado habilitaciones parecidas a la solicitada luego de planteos formulados en el mismo sentido.
En este punto es bueno aclarar que lo que Rossi reclama no es ni un indulto ni una conmutación de pena. Sucede que habiendo cumplido la condena a prisión en suspenso, pagado la multa y realizado las tareas comunitarias impuestas; pide que la pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos, que es la más leve de las penas, sea reducida a la mitad.
Para ello se requiere que el condenado haya demostrado buena conducta y haya reparado el daño en la medida de lo posible, dos requisitos con los que Rossi ha cumplido.
Faltan donaciones
En la resolución los jueces admiten el transcurso del tiempo, la buena conducta y en cuanto a la reparación del daño, sorpresivamente cambian su postura, a lo que los mismos jueces habían dicho en anteriores fallos (al menos Héctor Villarodona y Raúl Herzovich), y sostienen esta extraña categoría de pena, que es la realización de donaciones o aportes.
Desde la defensa del polémico ex gobernador e intendente deslizan que las donaciones son actos unilaterales, de tal condición que ni siquiera se puede precisar a ciencia cierta si Rossi las hizo o no durante este lapso; y a pesar de haber realizado aportes, no pueden entrar en la categoría penal ya que son actos voluntarios del ex intendente que nada tiene que ver con la condena cumplida, consigna Uno.
Más allá de la discusión de fondo, que según sus letrados continúa viento en popa en los estrados internacionales, se plantea la pregunta respecto de si la situación de Rossi tiene diferencias con la de un torturador o con la del ex funcionario del gobierno de Sergio Montiel que fue hallado responsable del desfalco del Banco Entre Ríos ( Hugo Doval), quien sí fue rehabilitado por esta sala, luego de haber sido condenado a inhabilitación perpetua.
Justamente el antecedente Doval tiene el agravante de que en su caso sí hubo acción civil y sí se le ordenó la restitución de una cuantiosa suma de dinero, y que el imputado sólo reparó parcialmente, recibiendo además de la rehabilitación , más tarde, el cargo de gerente general del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social durante la segunda gestión de Montiel.
Cambio de postura
En este punto la Cámara cambió una postura histórica, al momento de considerar el caso de un imputado sobre el que pesa una condena social muy fuerte; o que no se le dé el mismo tratamiento y se considere menos lesivo para la sociedad un policía torturador que un político que manejó de modo ilícito fondos de campaña, ya que, según se supone, el dinero en cuestión se utilizó para campañas del Partido Justicialista, y esa fue la razón por la cual esta misma Sala le permitió a Rossi abonar en 30 cuotas la multa impuesta.