En el mes de julio de 2011, Alejandro Gabriel Rigoni, conocido en la ciudad como el Colorado, iba en su auto por las calles de Federación y fue interceptado en la vía pública por policías. Tanto él como el vehículo fueron requisados, y le hallaron una bochita de 30 gramos de cocaína en su poder. En el mes de agosto, los resultados de una supuesta investigación policial fueron puestos en conocimiento del juez federal con jurisdicción en la localidad, quien ordenó un allanamiento a la vivienda de Rigoni. En esa oportunidad, los efectivos incautaron 30 gramos de marihuana dentro de la casa.
La causa avanzó, el hombre de 35 años quedó detenido, y fue procesado por el delito de Transporte de estupefacientes y Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (penados en la Ley 23.737 con cuatro a 15 años de prisión), ya que le habría querido vender drogas a dos jóvenes.
Libertad y absolución
A principios de este año, el abogado Jorge Sueldo se hizo cargo de la defensa, y pidió la inmediata excarcelación de Rigoni, medida que le fue otorgada en febrero, ocho meses después de ser alojado en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, con una caución de 5.000 pesos.
Este mes se realizó el juicio oral y público en el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná, al que fueron citados como testigos de la acusación los policías que actuaron en la investigación y el allanamiento. Además, por parte de la defensa, concurrieron a dar su testimonio los dos jóvenes supuestos compradores de la droga de Rigoni.
En el debate fue acreditada la adicción del imputado al consumo de estupefacientes, y que para tal fin eran las sustancias que le hallaron tanto en su vehículo como en su casa. Además, quedó en evidencia el mal desempeño de integrantes de la fuerza policial y de Gendarmería Nacional, que llevaron adelante la investigación, la cual no pudo probar el delito por el cual la causa llegó a juicio y el acusado estuvo en la cárcel.
Al momento de los alegatos, la fiscal de Cámara, Marina Herbel, acusó a Rigoni por la droga que había en su domicilio (no por la que estaba en el auto), pidió un cambio de calificación a Tenencia simple de estupefacientes (delito más leve), y solicitó una pena de un año y medio de prisión condicional.
Pero además, la representante del Ministerio Público Fiscal pidió que se corran vista al fiscal Federal de Concepción del Uruguay los testimonios de dos policías y un gendarme. El objetivo es que sean investigados por su participación y su conducta en la causa, ya que se evidenciaron numerosas irregularidades, por las cuales habrían hecho incurrir en errores al juez federal.
Por su parte, el defensor Sueldo reclamó la absolución para Rigoni, ya que quedó probado que la tenencia de la droga era para consumo personal. En este sentido, debía aplicarse el criterio adoptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en el “fallo Arriola”), de no penalizar esta práctica, reservada a la privacidad de las personas, protegida por la Constitución Nacional.
Finalmente, el Tribunal integrado por Roberto López Arango, Noemí Berros y Lilia Carnero, coincidió con el planteo defensivo y absolvió a Rigoni.