El Decreto Nº 1315/2019 firmado en septiembre por el intendente Enrique Cresto establecía la notificación de desalojo al Boliche b612 por incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato original y se alegó también que Puerto Príncipe adeudaría declaraciones juradas de la Tasa Comercial desde 2018. Asimismo, el ejecutivo consideró que existió un cambio de dueños en el medio sin que ellos fueran notificados. En consecuencia, el día 4 de octubre del 2019, el concejal Alberto Armanazqui informó a este medio que mediante carta documento se les notificó “que tenían 15 hábiles para desalojar el predio y devolverlo en las condiciones que fueron entregados”
En cuanto a la otra parte, uno de los dueños del lugar, Gustavo Núñez, confirmó en DIARIOJUNIO que apelarían la medida del ejecutivo y argumentó que ya habían cancelado la deuda de impuestos atrasados y que la construcción de la Guardería Náutica en el Galpón 2 de la costanera no se realizó porque, al no ser navegable el rio, no obtuvieron la autorización de Prefectura Naval. En consecuencia, los empresarios presentaron una demanda para poder seguir usufructuando el predio y reabrir lo antes posible, y la ganaron.
“A través de una medida cautelar, el Juez de la causa resolvió que los propietarios puedan reabrir el boliche mientras se avanza en la causa principal que analiza la recisión del contrato. O sea, la justicia consideró que el decreto de recisión de contrato emitido por el ejecutivo local no reunía las condiciones ni justificaciones necesarias para dar de baja la licitación concedida», explicó el abogado de la comuna, y agregó: “No hay una fecha estimada de cuanto puede durar el proceso judicial en caso de que decidan continuarlo, pero ellos ahora pueden mantener abierto”.
Del mismo modo, Vizzo aclaró que los empresarios tienen incluso “el derecho de hacer una demanda civil, si así lo quisieran, por los daños y perjuicios ocasionado al tener que desalojar”, aunque confió en que seguramente se llegará a un acuerdo entra las partes para evitar una instancia civil.