Badano, Davite y Perotti hicieron lugar también a la demanda civil contra los imputados y el Estado provincial, determinando el pago de 100 mil pesos a Rudecindo Gorosito y María Cristina Silaur por el daño moral, tal como lo había pedido su representante Iván Vernengo.
El fiscal Leandro Ríos se mostró conforme tras la sentencia, y señaló que debe seguir investigándose, sobre la base de los datos surgidos en el debate, el destino de Gorosito posterior al secuestro.
El Ministerio Público Fiscal y los representantes de la querella habían pedido el martes pasado que a los tres imputados este hecho se los juzgue por el delito de sustracción y ocultamiento de persona, considerando respectivamente que Rodríguez, Salvador y López debían recibir la pena de 10 y 12 años de prisión. La defensa, en cambio, había solicitado la absolución de los funcionarios policiales.
“Estos hechos tienen en miniatura la misma estructura que los delitos de lesa humanidad. El molesto es la misma figura que el subversivo; y Gorosito lo era”, sentenció en los alegatos Ríos.
“El caso Gorosito tiene una adecuación típica perfecta con el artículo 142 inciso ter del Código Penal”, había indicado por su parte el abogado querellante Rubén Pagliotto refiriéndose a la “desaparición forzada de personas”, aunque aclaró que, como esa modificación es posterior al momento de los hechos, su solicitud de pena se adecuaba al marco normativo vigente en febrero de 2002. Finalmente, esa fue la figura por la cual fueron condenados los imputados.
La hermana y la madre de la víctima reclamaron tras la sentencia por el cuerpo de Elías, y pidieron seguir investigando a los otros responsables de su secuestro y desaparición: “Esto no cierra acá; hay más, más arriba. Queremos los restos. Ponemos a disposición lo que sea por ello”, dijo Paola, una de las hermanas de Gorosito que testificó en el juicio.
En la sala de audiencias se encontraban familiares de otras víctimas de la represión policial, quienes fueron a “darle fuerzas” a los familiares de Gorosito.
Isabel, la madre de Martín Basualdo -quien desapareció en Paraná junto a Héctor Gómez en 1994- consideró que el fallo “es algo importante” y que le da esperanzas: “Cuando sucedió lo mío pensé que todo estaba perdido; ahora me da esperanzas de que haya alguien que hable y saber dónde está mi hijo. Es algo muy importante para nuestra democracia. Ojalá que alguien se anime a hablar en el caso de mi hijo, para que se llegue a un juicio. A pesar de los casos, una como madre siempre espera saber algo de su hijo, dónde está. Seguiremos luchando por eso”.
“Esto para mí es volver a revivir un montón de cosas. Vine a apoyar a la mamá de Gorosito y de Basualdo, cuyos casos son distintos al mío: yo sé donde está mi hijo, murió en otras circunstancias. El caso de mi hijo fue el primer juicio que se le hizo a la Policía, y sabemos lo que pasaba y lo que el poder político a veces puede hacer. No la pasamos bien”, expresó Guadalupe Gutiérrez de Arce, madre de Héctor, otro joven víctima de la represión policial. Guadalupe fue a acompañar “en el dolor que significa para una madre no saber dónde está el cuerpo de su hijo”, lo que consideró que “es más horrendo a que lo maten y lo dejen”.
“Estamos hablando de la democracia, no de la época de la dictadura; son más horrendas las desapariciones en democracia. Creo que tiene que cambiar la cultura desde la Policía; su enseñanza; son servidores, tienen que protegernos, no desaparecer. No tiene que haber tortura, para eso están las leyes. No hay derecho a desaparecer ni torturar a nadie”, resaltó.
Estuvieron presentes el Procurador General, Jorge García, la delegada del INADI en Entre Ríos, Cristina Ponce, militantes de derechos humanos de la agrupación HIJOS, representantes de organizaciones políticas y los legisladores provinciales del Frente para la Victoria Martín Uranga, Juan José Albornoz y Laura Stratta.
También concurrieron a la sentencia el subsecretario de Derechos Humanos de la provincia, Julián Froidevaux, y la secretaria Derechos Humanos, Salud y Educación de Paraná, Florencia Amore, quienes ya habían asistido a otras audiencias. “Este fallo es una estocada contra la impunidad; es también parte de una reparación a la familia, que pudo llegar a un juicio serio después de 10 años. La Justicia es una construcción popular y cotidiana y hoy el Poder Judicial hizo un aporte contundente. Queda continuar con la búsqueda del paradero de Elías y seguir construyendo una política de seguridad democrática, que es un desafío que nos involucra a todos y todas”, afirmó tras el fallo Froidevaux.
“El abrazo en el dolor de las madres de Gorosito y Basualdo es un gesto conmovedor que genera esperanza y nos debe comprometer a todos”, agregó el subsecretario de Derechos Humanos.
Protección a testigos
En la primera audiencia del juicio oral, se solicitó al tribunal que autorice un programa de protección a testigos propuesto por la Subsecretaría de Derechos Humanos de Entre Ríos, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio de Seguridad. El secretario de Justicia de la provincia, Rubén Virué –quien acompañó todo el proceso- fue el encargado de articular entre los distintos organismos. Algunos de los testigos más relevantes resaltaron el valor de esta herramienta a la hora de declarar.
La desaparición
A las 9 de la mañana del 13 de febrero de 2002 Zárate y Gorosito se dirigieron al Barrio Mosconi, donde los sorprendió el móvil 97 de la Comisaría Quinta. Zárate alcanzó a observar que del vehículo bajaron dos o tres tripulantes, que obligaron a Gorosito a colocarse contra la pared y lo golpearon con una Itaca. Al ver que se llevaron a su compañero, fue al domicilio de los Gorosito para avisarle a la madre del joven lo sucedido, quien se dirigió de inmediato a la Comisaría Quinta con el objetivo de averiguar el paradero de su hijo. Allí le habrían dicho que no hubo ninguna detención, por lo que más tarde ambos resolvieron acudir a los medios de comunicación para que el caso tome relevancia y poder encontrarlo. “Jamás nos imaginábamos que iba a desaparecer”, expresó el testigo, quien afirmó que “nunca más se lo volvió a ver”.
Dos testimonios reforzaron el relato de Zárate. Jesús González, quien al momento de los hechos tenía sólo 14 años, vio desde la puerta de su domicilio cómo un móvil policial levantó a un individuo en la esquina de la Escuela Esparza, brindando detalles que coinciden con la descripción del compañero de Gorosito. Nora Barrios también presenció la detención, que en su momento le produjo un quiebre emocional ya que “no parecía un procedimiento normal”.
El primer juicio
Barrios no fue incluida como testigo en el primer juicio oral que se realizó en 2004 por el mismo hecho. Su omisión motivó la apelación por parte de la familia Gorosito del fallo que absolvió a los tres policías que tripulaban el patrullero. La Procuración General de la Nación ordenó hacer lugar a su queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto el pronunciamiento apelado, por lo que instó que se realice un nuevo juicio.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la sola disidencia de Carmen Argibay, compartió e hizo suyos “los fundamentos y conclusiones del señor Procurador Fiscal”, Eduardo Enrique Casal. El Procurador consideró que el fallo se sustentaba en afirmaciones dogmáticas, ya que se había rechazado la posibilidad de incluir a la testigo clave que relató haber visto a Gorosito -quien entonces contaba con sólo 19 años- en el momento en que era llevado por las fuerzas de seguridad.