“La Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ, integrada por los doctores Carlos A. Chiara Díaz, Daniel O. Carubia, y Claudia M. Mizawak, resolvió ayer miércoles hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la señora Fiscal de Cámara, Dra. María Carolina Castagno, mantenido por el señor Procurador General de la Provincia, Dr. Jorge Amilcar Luciano García, y por los Dres. Sebastian Miguel Trinadori -Fiscal de Estado Adjunto de la Provincia de Entre Ríos – y Julián Aníbal Gracia -titular de la Oficina Anticorrupción y Etica Publica- constituidos como querellante particular, contra la resolución de sobreseimiento de los imputados en la causa que se les sigue por peculado a Alanis, Héctor A.- Re, Humberto C.- Cretton Pereyra, José M.- Alanis, Maximiliano”, dice la minuta enviada a esta Agencia.
Se recuerda además que “el sobreseimiento de los imputados había sido resuelto por la Sala Nº 1 Cámara Penal de Paraná, integrada por los Dres. Elvio O. Garzón, Hugo D. Perotti, y Miguel A. Giorgio, el pasado 19 de septiembre de 2013. La Sala había señalado que del análisis de la prueba recolectada, que forma parte de la pieza acusatoria, no se acreditaba el hecho endilgado a los imputados”.
La causa investiga la apropiación de fondos públicos del Estado Provincial, durante los años 1998 y 1999, previo acuerdo entre ellos, cuya administración les había sido confiada en razón de los cargos que detentaban: Héctor Alberto Alanis, en su carácter de Vicegobernador; Humberto Carlos Re, como Vice Presidente Primero de la Honorable Cámara de Senadores; José Maximiliano Cretton Pereyra en su carácter de Director de Administración de la Honorable Cámara de Senadores; y Maximiliano Alanis en su calidad de Director de Administración del Programa 18 de la Honorable Cámara de Senadores, todos de la provincia de Entre Ríos.
El auto de procesamiento por el delito de peculado fue dictado el 30 de abril de 2013 por la Dra. Marina Barbagelata, Jueza de Instrucción Nº 6 de Paraná. En tanto, la Resolución de la Sala Nº 1 del STJ anula el sobreseimiento y ordena “el reenvío al organismo remitente para que, debidamente integrado, dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho”.
Además fija audiencia para el día 9 de septiembre a las 12:30 para la lectura de la sentencia