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La educación en la Ley de Discapacidad fue reglamentada

El decreto Nº 2507/2015 MEDYPA, del 23 de julio, “reglamenta todo lo que hace a Educación en la Ley provincial de Discapacidad Nº 9.891. “La ley provincial no se podía reglamentar en su conjunto y habilitaba a que se vaya trabajando con todos y cada uno de los organismos intervinientes. Se reglamentó lo correspondiente a Inaubepro, Iapv, Transporte e Iprodi en un decreto anterior y ahora se trabajó con el Consejo y el Ministerio de educación para poder trabajar la reglamentación de todos los artículos, que van desde el 11 al 18”, indicó.

Entre los puntos trabajados, queda establecido que “el Consejo General de Educación es quien tiene la responsabilidad de la acreditación y certificación oficial de estudios”, precisó. A su vez, se toman “los principios nodales de la ley nacional y provincial de educación, que es el acceso, la permanencia, Entre Ríos tiene una diferencia con otras provincias porque menciona el reingreso, y el egreso” y de esta manera se garantiza “el acompañamiento en esta educación inclusiva en todas estas formas, en cualquiera de los niveles y modalidades”, explicó la funcionaria. 

“El rasgo superador es que está enunciado que se garantiza la educación inclusiva desde nivel inicial hasta la educación superior. Eso es un rasgo que no lo contempla ni la ley nacional ni provincial porque hablan de la obligatoriedad. Con este decreto reglamentario estamos dando la garantía de la educación inclusiva desde la sala de 4, que es obligatoria, hasta la educación superior. Con eso damos un paso más en lo que hace a los derechos a la educación de las personas con discapacidad”, resaltó. 

También se garantizan “las configuraciones de apoyo que tienen que ver con los apoyos y ajustes necesarios de cada persona en cada momento de su recorrido educativo. Por ejemplo en la comunicación, en las necesidades materiales didácticas, en la modificación de estructuras curriculares y la articulación entre todos los niveles y modalidades”, especificó la Directora.

Por otro lado, reglamenta “la adaptación de la infraestructura escolar. Nuestra provincia dio un salto superador con lo que es la adecuación de la ley de obras públicas en lo que hace a que todos los edificios públicos contemplen las directrices de diseño universal. También sabemos que falta mucho porque hay muchos edificios escolares que faltan adaptar”, señaló. 

Además, plasma el tema de “la construcción del material técnico y didáctico bajo criterios de formato accesibles, por ejemplo, que el portal o el material audiovisual sea accesible”, comentó a esta Agencia. 

Por último, tiene en cuenta “´la educación de la persona con discapacidad en caso de enfermedad, es decir, que sea contemplado dentro de la atención domiciliaria hospitalaria en cualquiera de los momentos en que se esté transitando la educación”, concluyó. 

Fuente APFDigital

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