En el mismo contexto, el comunicado señala que “la Argentina ha prohibido el ingreso al país de equipos que utilicen PCB como aislante/refrigerante y se han establecido normas nacionales, provinciales y locales específicas que regulan la protección del personal y del ambiente en relación al uso y disposición final de residuos con PCB's. En particular, la Ley 25.670 del año 2002, fija los presupuestos mínimos para la gestión y eliminación de PCBs”.
Y concluye: “En ese sentido, antes de la vigencia de la mencionada ley y desde fines de la década del 90, Salto Grande inventarió, realizó el muestreo y retiró de servicio todo el equipamiento con PCB’s o contaminado con PCB’s. Luego procedió al almacenamiento seguro, tratamiento y disposición final de acuerdo a la normativa ambiental vigente. La mayor parte de esos trabajos se hicieron entre 1999 y 2004”.