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La Defensoría pide que se exijan unidades accesibles para las personas con discapacidad motriz

En el marco de la inminente renovación de la concesión del servicio de colectivos urbanos de Paraná, la institución emitió la Recomendación Nº 3, instando a que el Estado Municipal exija que la prestación se realice con  “unidades accesibles a las personas con discapacidad, con piso bajo, en el servicio común; y también  en el servicio diferencial si lo hubiere”.

El requerimiento contempla la aplicación de un concepto del transporte inclusivo, mediante la utilización de unidades preparadas para “el uso común, sin diferenciar las características físicas del usuario”.

Así, la institución solicita se rechace “toda oferta que se haga para prestar el servicio utilizando  unidades  con escaleras, puertas estrechas  o cualquier otro obstáculo que impida el desplazamiento de las personas con discapacidad”.

En contraposición, pide que se pida a los oferentes unidades con rampa para el acceso de sillas de ruedas por una puerta central, común a los demás pasajeros. Y detalla que “dicha rampa deberá poseer la máxima protección contra la entrada de barro y suciedad proveniente del exterior”, como también las medidas de protección y resguardo necesarios para garantizar un adecuado funcionamiento en el tiempo.

Asimismo, se plantea como condición unidades con espacio reservado especialmente para pasajeros en sillas de ruedas, con capacidad para dos sillas y sus respectivos acompañantes, situadas en sentido contrario a la marcha del vehículo, y provistos de cinturones de seguridad. Se considera fundamental la instalación de “un timbre con señal luminosa, cuyo pulsador para solicitar la detención en una parada, se halle al alcance de los pasajeros que viajen en sillas de ruedas”.  

En los fundamentos, la Defensoría consideró que para volver accesible la ciudad se deben remover las barreras físicas, “especialmente considerando a las personas con discapacidad y el derecho que las asiste de poder acceder y transitar libremente y en forma segura en espacios públicos, así como en la vía pública”. Seguidamente señaló que “resulta discriminatorio” la imposibilidad de las personas con discapacidad de acceder al servicio de trasporte urbano común y enumeró la normativa vigente que resguarda los derechos ciudadanos. Por último, se mencionó que la accesibilidad del transporte público no es un tema exclusivo de las personas con discapacidad funcional sino de toda la población.

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